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El juez De la Mata sienta en el banquillo al PP por haber tenido cajas B "desde 1990 hasta 2008"

- El dinero opaco se utilizó para pagar complementos de sueldo o cubrir gastos electorales y del partido.

- De la Mata cree que las donaciones que el PP no declaró en 2008 constituyeron un delito fiscal

- El juez reclama 1,2 millones de fianza al partido de Mariano Rajoy

- El sucesor de Ruz abre juicio por los papeles de Bárcenas, quien también se sentará en el banquillo, con su antecesor, Álvaro Lapuerta.

Rajoy con la cúpula del PP en la última reunión del Comité Ejecutivo, en el que se examinaron los resultados del 24-M. REUTERS/Susana Vera

EUROPA PRESS

MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha sentado en el banquillo de los acusados al Partido Popular (PP) como responsable civil subsidiario por haberse financiado con cajas B "desde 1990 y hasta, al menos, el año 2008", las cuales se habrían nutrido de donativos ajenos a la contabilidad oficial con el fin de pagar "gastos generados en campañas electorales, retribuciones, complementos de sueldo, compensaciones a personas vinculadas con el partido o servicios relacionados con la actividad del partido".

Así consta en el auto en el que abre juicio oral contra los extesoreros del partido Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta, el exgerente Cristóbal Paéz y los socios del estudio de arquitectura Unifica que reformó las obras de Génova Gonzalo Urquijo, Belén García y su empleada Laura Montero y considera que esta empresa junto a la formación política deben ser juzgados como responsables civiles subsidiarios de los presuntos delitos que habrían cometido los seis acusados.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 reproduce el auto de transformación de las actuaciones en procedimiento abreviado, trámite equivalente al procesamiento, que dictó el pasado 23 de marzo su compañero Pablo Ruz, para solicitar una fianza civil de 1,2 millones de euros a la formación presidida por Mariano Rajoy, con el apercibimiento de que se embargarán sus bienes si no presta la caución.

El auto dice jue dice que el PP habría operado con "varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas de dinero al margen de la contabilidad oficial"

Así, De la Mata recoge que el PP habría operado con "varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas de dinero al margen de la contabilidad oficial" presentada ante el Tribunal de Cuentas, funcionando a modo de "contabilidades paralelas, cajas de dinero en efectivo o cajas B" por no aparecer asentados dichos pagos en los libros contables ni haberse declarado al fisco.

En su auto, de 102 páginas, el magistrado señala que Lapuerta y Bárcenas se habrían "prevalido" de sus cargos para manejar dichos sistemas de financiación y realizaron "diversas aportaciones que se remontan hasta los primeros años de vida de la 'caja B' del partido" que no tuvieron "reflejo alguno en la contabilidad oficial" de la formación.

Entre los que cobraron sobresueldos, cita al exgerente Cristóbal Páez, que recibió sendas aportaciones de 6.000 euros en 2007 y 2008 para compensar su nombramiento en el cargo. Las entregas, según el juez, se hicieron en sobres que contenían billetes de 500 euros y sin que se practicaran la correspondiente retención ante la Hacienda Pública.

Un operario retira un banderola con la propaganda electoral del PP, en de farola en la madrileña Plaza de Castilla. REUTERS/Susana Vera

Además, De la Mata señala que entre diciembre de 1991 y noviembre de 1995 el PP pagó 86.545 euros al entonces diputado nacional por Navarra Jaime Ignacio del Burgo para que se los entregara al exconsejero de Salud Calixto Ayesa, en atención al "detrimento patrimonial" que sufrió al cesar su actividad profesional como dermatólogo.

La contabilidad opaca del partido conservador también se utilizó para ayudar a víctimas del terrorismo como el concejal de Amurrio (Álava) Santiago Abascal, que recibió dos millones de pesetas en 1999; la familia del concejal José María Martín Carpena, a la que se canceló un crédito por dos millones y se realizó un ingreso de 160.000 pesetas; o la concejal de UPN Elena Murillo, que recibió medio millón de pesetas para alquilar una vivienda después de que ETA destrozara la suya. Asimismo, los extesoreros del PP destinaron 30.000 euros en negro en 2003 y otros 40.000 en 2004 a la Fundación Humanismo y Democracia, que fueron entregados a los patronos de este organismo.

El juez considera acreditado que la caja B se destinó a sufragar gastos electorales de candidatos (como los pagos al exsenador Luis Fraga o al propio Bárcenas en las campañas de 2004 y 2008)  o de la propia formación en las elecciones catalanas de 2003, las generales, andaluzas y europeas de 2004 y las generales y andaluzas de 2008, todas las cuales fueron recogidas en los manuscritos del extesorero.

El dinero opaco también se empleó, según el juez, en el pago de las obras de su sede, en la calle Génova

El dinero opaco también se empleó, según el auto, en "el pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido Popular", como la realización de las obras de su sede, en la calle Génova de Madrid, en la que se abonaron 1,5 millones de euros en negro. De la Mata señala que los exdirigentes del PP y los responsables del estudio de arquitectura Unifica, que desarrolló la reforma, llevaron a cabo una "estrategia defraudatoria" que incluyó "operaciones simuladas" mediante la elaboración de facturas y certificaciones de obra "mendaces" por parte de la empresa.

De igual modo, los extesoreros destinaron fondos opacos al pago de la sede del PP de Vizcaya entre los años 1999 y 2005, sobre la que Bárcenas creó "una cuenta específica" con fondos que se habrían nutrido, entre otras, de las aportaciones realizadas por la empresa Bruesa Construcciones.

En relación con la adquisición de la nueva sede del PP de La Rioja en 2008, el juez señala que Bárcenas realizó una entrega de 200.000 euros procedentes de "aportaciones efectuadas por terceros" ante la formación regional, "en fondos B y ajenos a su contabilización oficial" y que le habrían entregado al extesorero "responsables de dicha formación".

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La sede nacional del PP, en la madrileña calle de Génova. EFE

También constan acreditadas, según el juez, los siguientes pagos realizados en 1992: 170.000 pesetas en enero a "una presentadora de televisión por participación en acto electoral del partido"; 2,8 millones entre marzo y mayo a "un catedrático por la confección de estudios políticos"; tres millones en junio por el "dictamen de un abogado"; dos millones en septiembre por "servicios facturados por el Instituto de Estudios Sociales" y 400.000 pesetas por pagos a un notario.

El auto recoge que el PP tiró de la caja B para pagar 170.000 pesetas a "una presentadora de televisión por participación en acto electoral" en 1992

La investigación también pone de relieve que las aportaciones en metálico entregadas por los donantes del PP también se destinaban a las cuentas de donativos anónimos y nominativos aunque antes se fraccionaban para sortear "las limitaciones, requisitos y prohibiciones establecidos por la normativa legal". Tanto Lapuerta como Bárcenas, según el auto, recibían, "de forma personal", dinero en efectivo que les entregaban "diversas personas físicas vinculadas a sociedades del sector de la construcción, en su mayoría adjudicatarias de contratos públicos". "Parte de este dinero tenía entrada en la caja B del partido y se registraba en la contabilidad paralela", señala el auto.

Posteriormente, el dinero se ingresaba en efectivo en las cuentas de donativos anónimos que el PP tenía en el Banco de Vitoria, Banesto y el Banco Popular, "en tantos abonos como fuesen necesarios para no superar la cuantía de diez millones de pesetas o 60.000 euros, límite máximo anual inicialmente establecido por ley como aportación privada por donante y que a partir del 6 de julio de 2007 se situaría en los 100.000 euros".

El juez rechaza, en contra del criterio de la Fiscalía y Hacienda, el archivo del delito fiscal de ese ejercicio y asume el criterio de Ruz

Además, el juez De la Mata cree que "las donaciones contrarias a la ley" que presuntamente recibió el PP en el año 2008 y no declaró a Hacienda constituyeron un delito fiscal que es imputable a "quien actuara como administrador o responsable legal de la formación política" y por el que, en todo caso, la formación debe responder como responsable civil subsidiario.

El juez asume el criterio de su antecesor en el juzgado, Pablo Ruz, y considera, en contra de lo sostenido por la Fiscalía Anticorrupción y la Agencia Tributaria, que la formación presidida por Mariano Rajoy debió presentar una declaración por el Impuesto de Sociedades de 2008 que incluyera el 1.055.000 euros que recibió ese año en concepto de donativos privados.

A su juicio, las donaciones no cumplían "con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales, establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos". Estas "aportaciones privadas", según explica, fueron destinadas a "pagos fiscalmente opacos y ajenos a la contabilidad oficial remitida por el PP al Tribunal de Cuentas".

Como consecuencia de esta omisión, el juez De la Mata apunta que la formación "habría dejado de ingresar ante la Hacienda Pública una cuota de, al menos, 220.167,04 euros", al "alcanzar inidiciariamente el total de las donaciones presuntamente recibidas por el Partido en 2008, registradas en los soportes contables opacos y no sujetas por tanto a los criterios de transparencia legalmente exigidos, la cuantía de 1.055.000 euros". Esta cantidad supera el umbral del delito fiscal, establecido en 120.000 euros.

Para llegar a la conclusión de que las donaciones de 2008 deberían haberse declarado, De la Mata recuerda el auto que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó el 7 de junio de 2013 en el que rechazó un recurso del PP y sostuvo que "sólo quedan exentas" de tributación "las donaciones privadas que cumplan con el criterio de transparencia legalmente marcado, estando por el contrario sujetas a tributación las donaciones que no se adecuen a los requisitos de forma y cuantía establecidos por la ley".

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