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Una juez pide que el Supremo decida sobre otra causa contra Barberá por no retirar símbolos franquistas

El origen de la causa está en una denuncia que se refería a la existencia en la ciudad de Valencia de monumento a los caídos, escudos anticonstitucionales, placas con signos anticonstitucionales y cuadros de honores de Valencia con exponentes del franquismo

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Rita Barberá, exalcaldesa de Valencia, en su escaño en el Senado. EFE/Kiko Huesca

VALENCIA.- Una jueza de Valencia ha enviado al Tribunal Supremo la causa contra la senadora territorial del PP Rita Barberá por no retirar símbolos franquistas cuando era alcaldesa de Valencia, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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Considera la jueza que no es competente para pronunciarse sobre la admisión a trámite de la denuncia contra Barberá por supuestos delitos de desobediencia y denegación de auxilio por no retirar los símbolos franquistas de calles y edificios de la ciudad cuando era alcaldesa.  Como senadora, Barberá está aforada ante el Tribunal Supremo, único competente para investigarla y juzgarla, recuerda el TSJCV.

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Considera la jueza que no es competente para pronunciarse sobre la admisión a trámite de la denuncia contra Barberá por supuestos delitos de desobediencia y denegación de auxilio

El origen de la causa está en una denuncia presentada hace un año por José Luis Ábalos, diputado socialista en el Congreso por Valencia; Matías Alonso, coordinador del Grupo para la Recuperación de la Memoria Histórica, y el abogado madrileño Eduardo Ranz Alonso contra Barberá por la posible comisión de un delito de desobediencia.

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La remisión de esta causa al Supremo se conoce el mismo día en el que el juez de Valencia que instruye la pieza separada del caso Imelsa sobre supuesto blanqueo de capitales ha remitido también al alto tribunal la investigación que afecta a la actual senadora

El TSJCV, de conformidad con el criterio expresado por la Fiscalía, entendió entonces que la condición de senadora de la exalcaldesa, única denunciada, determinaba la "falta de competencia de esta Sala para pronunciarse sobre la admisión de dicha denuncia, al resultar competente la Sala Segunda del Tribunal Supremo".

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