Koldo García pide al juez que suspenda la causa si no le devuelve sus teléfonos móviles para defenderse
La defensa del exasesor de José Luis Ábalos señala que al negarle el acceso a sus teléfonos se le está causando una "indefensión material" para "el ejercicio efectivo de su derecho a un proceso con todas las garantías".

Madrid-
La defensa del Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, ha pedido al juez que suspenda la instrucción de la causa si no le devuelve sus teléfonos móviles que la policía tiene en su poder desde febrero de 2024, cuando registró su domicilio, para poder "contradecir, contextualizar y desvirtuar las inferencias e imputaciones" de los agentes en el último informe de la UCO.
Así consta en un escrito en el que su defensa insiste en que al denegársele el acceso a sus teléfonos se le está causando una "indefensión material" para "el ejercicio efectivo de su derecho a un proceso con todas las garantías".
El informe de la UCO pone el foco en "desembolsos" del exministro que ascenderían a 95.437 euros y que "no habría compensado por vía bancaria", entre los que figuran pagos a terceras personas, cuotas a una fundación vinculada a él y 20.799 euros en "gastos personales con cargo a una fuente de ingresos no declarada".
En el escrito, la abogada de Koldo pide al juez del Supremo "la entrega urgente e inmediata" de los dispositivos telefónicos intervenidos al exasesor ministerial. En caso de que el magistrado Leopoldo Puente rechace esta petición, solicita que "se decrete la suspensión de las actuaciones de la instrucción del presente procedimiento" hasta que le sean devueltos los dispositivos.
La defensa considera que el informe de la UCO acumula "inferencias probatorias y conjeturas carentes de sustento contextual" y afea la interpretación que hace la Guardia Civil de los soles, "ignorando que dicha denominación corresponde a la moneda de curso legal de la República del Perú". Además, critica la hipótesis de que la solicitud de "papel" por parte del exministro José Luis Ábalos a Koldo debe entenderse como entrega de dinero.
En este sentido, recalca que "dicha hipótesis incriminatoria no puede ser debidamente contrastada ni desvirtuada por esta defensa, debido a la imposibilidad material de acceder a las fuentes de prueba que se encuentran en el terminal telefónico intervenido a mi representado".
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