Entrevista a María Luisa Balaguer"Aceptaría encantada la presidencia del TC como una manera de darle vigor al feminismo"
Madrid-Actualizado a
María Luisa Balaguer Callejón (Almería, 1953), magistrada del Tribunal Constitucional (TC) desde 2017 y catedrática de Derecho Constitucional, es una jurista pragmática, con un sobresaliente espíritu pedagógico atesorado durante sus más de 25 años como profesora universitaria. Feminista, experta en Igualdad, su nombre suena con posibilidades para la presidencia del tribunal de garantías. Sería la segunda mujer en acceder al puesto desde la creación del TC, en 1980. Sus bazas: las dotes comunicativas, el profundo conocimiento de la Constitución Española (CE) y su sensibilidad progresista, plasmada en numerosos votos particulares durante los últimos cinco años, que han supuesto un importante contrapunto a la tendencia conservadora dominante en el máximo órgano constitucional. Su postulación, que cuenta con el apoyo de los magistrados conservadores, se bate con la de otro candidato de corte progresista, Cándido Conde-Pumpido, ex fiscal general del Estado.
Una presidenta feminista del TC, ¿es una utopía o puede hacerse realidad?
Es verdad que institucionalmente el tema de ser mujer me condiciona mucho, cada vez que se apela a la necesidad de que haya mujeres visibles y de hacerme yo visible en función de que el feminismo pueda dotarse de vigor y más en una situación que estamos viviendo ahora que para el feminismo no es demasiado cómoda, pues a mí me gustaría ser la presidenta. Pero es verdad que cualquier compañero, y Cándido, que por lo visto tenía pretensiones de ir de presidente y que es un magistrado extraordinario, podría salir elegido. Yo no tengo apetencia personalmente pero institucionalmente si se ve importante que yo esté ahí, por supuesto que aceptaría.
Ahora habrá un TC nuevo y se votará a la persona más oportuna. La costumbre es que las personas que están de salida [en el último tercio de su mandato], una sea presidenta y otra vicepresidenta en función de las sensibilidades, como se dice aquí. Cierto que Cándido y yo estamos de salida, pero él tiene más experiencia. Pero en principio podría ser cualquier persona porque no hay ninguna norma que lo impida.
¿Qué supone la presidencia del TC, qué poderes implica?
La presidencia no se trata de un poder que se ejerce porque en realidad es un 'primus inter pares' (el primero entre iguales), no tiene ninguna competencia ni posición de prioridad, salvo en caso de empate, que puede resolver con su voto de calidad, que desde que estoy se ha usado esa capacidad muy pocas veces, una o dos.
A mí el poder nunca me ha interesado mucho. Nunca he tenido ningún cargo público. Fue militante del PSOE durante un tiempo, ahora no, por razones obvias. No he sido nunca decana. Yo soy persona de formulaciones teóricas y dogmáticas en mi vida, en las que el poder me perjudica desde el punto de vista personal, en términos generales. Pero la presidencia del TC no es un poder. Y estaría encantada de llegar, no hay cosa que me gustara más.
Pero el presidente puede decidir qué asuntos se debaten primero o cuáles se quedan rezagados...
No, eso no es así. A mí nunca me han dicho que no lleve una cosa al Pleno, pero en el supuesto de que se hubiera producido algo así, el presidente te diría: "Oye, vas a llevar esto al Pleno cuando la semana que viene tenemos otro borrador que se contradice. ¿Por qué no os ponéis de acuerdo el otro magistrado y tú?". Eso no es poder. Eso es una burocracia. ¿Tú te imaginas que a mí me va a decir el presidente que no lleve una cosa al Pleno? No, qué va. Ahí habría una jerarquización que iría en contra de la independencia de los magistrados. Yo no lo he visto nunca en los años que llevo aquí.
¿Cuándo se va a resolver el recurso contra la ley del aborto? Ya han pasado diez años...
Es ciertoque es injustificado el retraso. Ya tiene que salir. Es importante recalcar que la ley sigue en vigor. Cosa distinta es que la ley estuviera suspendida. Hay que respetar la legislación. No es como un ayuntamiento que saca una ordenanza. Una ley es la expresión misma de la soberanía popular y si vas a declarar inconstitucional un precepto tienes que pensar que estás desautorizando al pueblo, pues, en definitiva, a través de sus representantes han hecho posible eso. Esto no es una cuestión como para decir que vas a tener más o menos prisa, mientras esté en vigor, se está manteniendo la voluntad popular.
Ahora si, por ejemplo, se dijese en el tema del aborto, que no creo, que hay algún precepto inconstitucional (yo creo que la sentencia saldrá validando la constitucionalidad) tendrías que justificar muy bien por qué estás desdiciendo a unos señores que están ahí en representación del pueblo.
Una crítica constante hacia el TC es que sus tiempos no van en paralelo a la realidad social
Sí, pero creo que el TC es un gran desconocido, la sociedad no conoce los procesos constitucionales. Dejando al margen la sentencia del aborto, cuyo retraso es injustificado, cuando llega aquí un procedimiento tienes que pedir auto, luego trasladar al fiscal, a las partes, tienes que estudiar todo eso y tienes que hacer un borrador que sea objetivo, y en la medida de lo posible que no vaya referido al caso concreto sino que puede sentar una cierta doctrina. Esto significa una preparación. Tenemos un cuerpo letrado buenísimo, pero eso es un trabajo que también tiene que ver el magistrado o la magistrada. La tardanza media es entre seis y ocho meses, pero hay asuntos muy complejos que pueden implicar más tiempo.
¿Qué mejoras introduciría en el TC?
Hay que acercar la institución a la sociedad, explicar ciertas sentencias, hacerlas comprensibles. Yo desde que entré en el Constitucional he tenido siempre una visión muy heterodoxa en relación a cómo se configura la actividad del TC. A mí me parece, y en esto no innovo nada, porque en Italia, Francia, Alemania, nuestro entorno, se hace, que tendría que haber una política informativa.
Cuando yo llegué aquí no había política de información. Yo soy bastante fiel a la institución en la que estoy, creo que las instituciones hay que reforzarlas y más en la situación en la que estamos viviendo. Y se lo planteé al presidente que entonces había, Juan José González Rivas, y vi que la política informativa que había era muy oscurantista y no le encontraba sentido porque eso se publica en el BOE , y los votos particulares y las sentencias se pueden leer leer ahí. Yo he sido profesora de periodismo también, además de Derecho, y soy consciente de que la terminología que se emplea no es muy asequible a la ciudadanía.
Yo creo que se hace exigible en un momento determinado si se produce una sentencia determinada pues que se convoque una rueda de prensa y en esa rueda de prensa el magistrado ponente y el presidente puedan decir y explicar y someterse a las preguntas que se puedan contestar, porque las deliberaciones son secretas, pero tú puedes perfectamente como ponente explicar la perspectiva con la que tú has hecho esta sentencia. Este es el déficit más importante que yo creo existe en este tribunal.
¿Hay que reformar la Constitución? ¿En qué aspectos?
Yo soy catedrática de Derecho Constitucional y tengo una perspectiva del Derecho útil--he sido abogada en ejercicio y sé lo que son los tribunales--. Un derecho que sirva para solucionarle problemas a la gente. Nosotros fuimos una generación de encuentro con la democracia, porque yo terminé la carrera en 1976, hice la tesis doctoral en 1983, y todo ese tempo ha sido de creación del derecho constitucional porque antes no existía, existía una cosa que se llamaba Derecho Político, pero el Derecho Constitucional no existía, claro.
A los dos o tres años de la publicación de la Constitución Española (CE), en un congreso en La Rioja de constitucionalistas ya abogábamos por la reforma de la CE. Porque la CE es fruto de un pacto, en un pacto hay cosas pendientes, cosas que se consiguen, como pasa en todas las negociaciones, y nosotros veíamos que en el capítulo de derechos fundamentales había ya una insuficiencia. Por ejemplo, el derecho a la integridad física y moral (art. 15) no se relaciona bien con el derecho a la salud, que debería integrarse como un derecho fundamental, no ya como un principio rector. O el tema del medio ambiente, por poner otro ejemplo. El capítulo de derechos fundamentales desde luego habría que repasar totalmente la CE desde un punto de vista técnico.
¿Hay que regular la monarquía en la Constitución?
Es una institución que no está claramente establecida en la CE. Se piensa que quien diga que hay que tocar desde el punto de vista constitucional la monarquía es porque está en contra de la monarquía. No es mi caso. Yo respeto la monarquía aunque yo tenga una mentalidad republicana. Pero una ley de defensa de la monarquía favorece a la monarquía, las normas no siempre están hechas para condenar a la gente. En el caso concreto del artículo 57.1 de la CE, el problema es la prioridad en la sucesión en la Corona del varón sobre la mujer. En este caso no hay problema pero podría haberlo, una constitución tiene vocación de futuro. Por lo tanto, en el caso de tocar la CE no puede verse nunca como un aspecto revolucionario ni como un aspecto regresivo. Es una cuestión técnica, así lo vemos desde el constitucionalismo.
¿Existe la misma crispación en el TC que en el CGPJ en estos momentos?
No, la gente lo cree pero no es así. Es cierto, hay un conflicto muy importante en el Consejo en relación con el Gobierno. Aquí no tenemos ese problema, funcionamos de una manera bastante más independiente; aquí no tenemos ningún poder más que el de dictar la CE; no tenemos capacidad de gestionar nada; es un órgano autónomo. Mantenemos la defensa de la CE, en un principio no tiene que ser un debate apasionado ni conflictivo, salvo en asuntos como recursos de amparo y cosas así, como el recurso del aborto o ahora con la eutanasia. Pero, en general, los debates son pacíficos y con aportaciones de conservadores y progresistas que tienen a veces ideas que no coinciden con lo que se esperaría; son cuestiones técnicas, situaciones en las que no siempre está la ideología.
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