Nueva ley de asilo y reforma de Extranjería: qué cambia y cuándo entra en vigor
Los nuevos procedimientos buscan agilizar la resolución de solicitudes

Madrid-
El Consejo de Ministros ha dado este martes el primer paso para modificar de forma profunda el sistema de asilo y extranjería en España. El Ejecutivo ha aprobado en primera vuelta dos anteproyectos de ley: uno plantea una nueva norma de asilo que sustituirá a la vigente desde 2009 y el otro introduce cambios en la Ley de Extranjería.
La reforma busca adaptar la legislación española al Pacto Europeo de Migración y Asilo, que comenzó a aplicarse en la Unión Europea el pasado 12 de junio de 2026. El Gobierno pretende con ello actualizar los procedimientos relacionados con la acogida, la protección internacional y la gestión de las fronteras, en un momento marcado además por la reciente crisis migratoria de Ceuta.
El Ejecutivo defiende que los cambios permitirán agilizar los trámites y mejorar la respuesta ante la llegada de personas migrantes, manteniendo un enfoque basado en las garantías y los derechos humanos. Al mismo tiempo, las propuestas contemplan nuevas medidas de control, entre ellas restricciones sobre el lugar de residencia de algunos solicitantes y procedimientos conjuntos para tramitar la denegación de protección y la expulsión.
¿Qué novedades introduce la nueva Ley de Asilo?
Uno de los principales cambios de la nueva norma es que establece dos vías para tramitar las solicitudes de protección internacional: un procedimiento ordinario de examen y otro acelerado, que deberá resolverse en un plazo máximo de tres meses.
La reforma también amplía el uso del procedimiento en frontera, que podrá mantener al solicitante a disposición de las autoridades durante un máximo de 12 semanas. Este mecanismo se tramita antes de autorizar la entrada en territorio nacional en determinados supuestos y podrá ampliarse hasta 16 semanas en determinadas circunstancias.
Otro de los cambios afecta a los recursos contra las decisiones desfavorables. La propuesta elimina el recurso administrativo de reposición y obliga a acudir directamente a la vía contencioso-administrativa para recurrir una denegación. El objetivo es reducir los tiempos de tramitación y facilitar que las órdenes de retorno puedan ejecutarse con mayor rapidez.
Por su parte, el texto contempla que las autoridades puedan establecer confinamientos a los solicitantes cuando exista riesgo de fuga o motivos relacionados con el orden público. En estos casos, se podría determinar una zona concreta o incluso un inmueble en el que la persona deba permanecer durante el procedimiento.
Además, el anteproyecto refuerza de forma específica la protección de los menores que viajan solos, con nuevas garantías sobre su representación, tutela y reunificación familiar. La nueva norma establece con mayor detalle cómo debe actuar su representante legal, cómo se organizará su tutela y la búsqueda de familiares, y contempla la presunción de minoría de edad mientras se completa su identificación y evaluación.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha señalado que el procedimiento en frontera se aplicará a estos menores de forma “muy excepcional” y que sus casos deberán examinarse de manera prioritaria atendiendo al interés superior del menor. Asimismo, no podrán ser devueltos automáticamente por haber entrado de manera irregular, sino que deberán seguirse los mecanismos previstos por la normativa española de protección de la infancia.
¿Qué novedades introduce la reforma de Extranjería?
Una de las principales novedades de la reforma de Extranjería es la incorporación del 'triaje', un control inicial que determinará qué procedimiento corresponde a cada persona que llegue de forma irregular o solicite protección en frontera. Este proceso se realizará antes de determinar qué procedimiento corresponde en cada caso, ya sea de asilo, retorno u otra vía de estancia.
Durante este examen se llevará a cabo una evaluación inicial que incluye controles médicos, análisis de vulnerabilidad, identificación, recogida de datos biométricos y comprobaciones de seguridad. Con toda esta información se determinará posteriormente qué procedimiento debe aplicarse a cada persona.
El Pacto Europeo de Migración y Asilo establece que este control puede prolongarse hasta siete días. Sin embargo, la propuesta española fija como regla general un máximo de 72 horas, ampliable hasta siete días únicamente mediante una decisión judicial motivada. Mientras dure el triaje, la persona no tendrá autorizada formalmente la entrada en territorio español.
A este cambio se suma un endurecimiento del procedimiento de retorno, al vincular la denegación de una solicitud de asilo con una decisión de retorno. De este modo, ambas actuaciones dejarían de tramitarse por separado como ocurre actualmente y la persona cuya solicitud sea desestimada recibiría junto a la resolución de asilo la orden que establece su salida del territorio.
El anteproyecto contempla además un procedimiento de retorno en frontera de hasta 12 semanas para quienes no cumplan los requisitos para recibir protección internacional. El Gobierno sostiene que, pese a la agilización de estos procesos, se mantendrán las garantías legales, con control judicial y valoración individual de cada caso. También se establece que no podrán producirse expulsiones colectivas o automáticas sin comprobar antes si existen circunstancias de vulnerabilidad o motivos que permitan solicitar asilo.
La reforma, no obstante, no modifica la situación administrativa de las personas extranjeras que ya residen legalmente en España. El cambio afecta a determinados procedimientos vinculados a la gestión de las entradas irregulares y las nuevas solicitudes de protección, por lo que quienes dispongan de autorizaciones de estancia, residencia o trabajo no tendrán que someterse al triaje ni verán alteradas sus condiciones administrativas por esta reforma.
¿Cuándo entran en vigor estas reformas?
Por ahora, no hay una fecha concreta para que comiencen a aplicarse la nueva Ley de Asilo y la reforma de Extranjería. La aprobación de ambos textos por el Consejo de Ministros este martes, 25 de agosto, supone únicamente el inicio de su recorrido legislativo, por lo que todavía tendrán que superar varios trámites antes de convertirse en normas en vigor.
El siguiente paso será recabar los informes preceptivos de distintos organismos, entre ellos el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y la Agencia Española de Protección de Datos. Una vez incorporadas las observaciones que correspondan, el Ejecutivo deberá aprobar de nuevo los textos y enviarlos como proyectos de ley al Congreso y al Senado, donde tendrán que ser debatidos, podrán recibir enmiendas y finalmente deberán ser votados.
Por tanto, los cambios anunciados todavía no afectan a la situación de las personas migrantes. Su aplicación dependerá de que las dos iniciativas completen toda la tramitación parlamentaria y sean finalmente aprobadas. Hasta entonces, continuarán vigentes las normas actuales de asilo y extranjería.


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