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La ONU da la razón a dirigentes del 'procés' en una denuncia contra España y determina que se "violaron" sus derechos

El fallo explica que se vulneraron los derechos políticos de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull, exmiembros de la Generalitat, al suspenderlos de sus funciones antes de que fueran condenados por el 1 de octubre.

El abogado Andreu Van den Eynde (2i); el presidente de ERC, Oriol Junqueras (c); la exconsejera de la Generalitat Dolors Bassa (2d), y el exconseller Raül Romeva (1d) posan en la presentación de la estrategia de ERC en el TEDH de Estrasburgo, en el Colegi
Miembros de ERC condenados en el procès presentan su estrategia en el TEDH de Estrasburgo, a 20 de julio de 2022, en Barcelona, Catalunya. David Zorrakino / Europa Press

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado este miércoles que España "violó los derechos políticos de exmiembros del Gobierno y el Parlamento de Catalunya" al suspender de sus funciones públicas a encausados en el procés antes de que fueran condenados en 2019, tras el referéndum independentista de 2017.

El fallo da la razón a una denuncia presentada en 2018 por el exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, y los exconsellers Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull, quienes alegaron que la suspensión de sus funciones previa a la existencia de una condena violaba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La ley por la que fueron suspendidos permite la cesión de funcionarios cuando se les acusa de rebelión, no de sedición

La suspensión de los cuatro denunciantes se había decidido en julio de 2018 con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite la suspensión de funcionarios públicos cuando se les acusa de rebelión. Sin embargo, los entonces dirigentes fueron condenados finalmente por sedición, por lo que el Comité de Naciones Unidas estima que la orden se extralimitó y vulneró sus derechos. "Las salvaguardias contra las restricciones de los derechos políticos deben aplicarse con mayor rigor si estas restricciones se producen previamente, y no posteriormente, a una condena por un delito", ha explicado la miembro del comité Hélène Trigoudja, al presentar el dictamen.

El comité subraya que la rebelión exige un alzamiento violento que no tuvo lugar en el 1 de octubre. De hecho, los cuatro habian instado a la ciudadanía a mantenerse estrictamente pacífica. La integrante del comité que preside la griega Photini Pazartzis agregó que "la decisión de suspender a oficiales electos debe basarse en leyes claras y previsibles que establezcan motivos razonables y objetivos para la restricción de los derechos políticos, y debe aplicarse sobre la base de un análisis individualizado".

Los dictámenes del comité, un mecanismo "cuasi-judicial", no son en principio vinculantes pero sí se considera que deben ser tenidos en cuenta por los firmantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. "El comité no es un tribunal pero lleva a cabo funciones jurídicas, emitiendo decisiones y recomendaciones a los Estados parte que se espera sean puestas en práctica", aclara este órgano. En principio, la decisión tomada hoy concierne únicamente a los cuatro denunciantes, representados por el abogado Nico Krisch, y no al resto de los encausados por el procés.

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