Este artículo se publicó hace 16 años.
El papel de un heredero de 40 años
Sociólogos, historiadores y políticos opinan sobre el vacío legal que rodea la figura del príncipe
¿Qué papel debe tener un heredero de la Corona de 40 años? La simple biología y el aumento de la esperanza de vida han llevado a las monarquías a una situación nueva: los herederos superan las edades destinadas a la pura formación y es preciso buscarles un papel. El príncipe Felipe cumplirá el próximo miércoles esa edad y no se vislumbra la posibilidad cercana de relevo en la Jefatura del Estado. La Constitución regula ampliamente las funciones del rey, pero se limita a referencias genéricas sobre la sucesión en el caso del heredero o príncipe de Asturias. Hay que innovar y dar solución en el día a día a una situación nueva desde el punto de vista histórico y, también, desde el legal o constitucional.
Público ha consultado a sociólogos, historiadores, constitucionalistas y políticos sobre esa circunstancia. Para algunos, se puede correr el riesgo de llegar a algo parecido a una bicefalia o doble Jefatura del Estado. Para otros, es la garantía de continuidad sin incertidumbre. Y para otros, la misma cara de una institución, pero con distinto perfil. Ninguno de ellos critica el papel representativo complementario que mantiene Felipe de Borbón y prácticamente todos reclaman que lo aumente progresivamente, sin llegar a solaparse a su padre.
Para el profesor José Álvarez Junco, catedrático de Historia de la Complutense y director general del Instituto de Estudios Políticos y Constitucionales, el extremo sería el de llegar a una especie de doble monarquía con el rey y su hijo. En su opinión, “es correcta la función representativa que está ejerciendo el príncipe y no hay necesidad de cambiarla”, procurando no solaparla a la del rey.
Álvarez Junco explica que la duda es si la Monarquía está suficientemente consolidada, si está ligada a lo que representa Don Juan Carlos o si se extiende a la institución. Es decir, “si podrá superar los errores de otros miembros de la familia real”. En definitiva, la eterna duda de si, más que monarquismo, hay juancarlismo.
Cristóbal Torres Albero, catedrático de Sociología de Universidad Autónoma de Madrid, entiende que, en términos generales, la monarquía no está en discusión, porque los debates se centran más en los nacionalismos, las diferencias entre el Estado y la Iglesia o entre la izquierda y la derecha. Torres Albero no ve peligro de bicefalia, ni de doble cara, ya que el rey representa el reinado presente y “el príncipe ofrece imagen de continuidad y perspectiva de futuro. Son una misma cara que puede ofrecer distintos perfiles, según se enfatice más la imagen de jefe de Estado o la de heredero”.
Respecto al papel que debe representar, considera que debe producirse un “relevo continuado en actos públicos”, obligado por las agendas cada vez más cargadas del jefe del Estado. Explica que “se está jugando un inteligente papel” de ir delegando poco a poco funciones, como la de acudir a las tomas de posesión de presidentes y jefes de Estado sudamericanos. Torres Albero añade que “la clave es la sintonía personal entre los dos” y, por el momento, ve “sensatez” entre el rey y el príncipe para afrontar la situación. Esa imagen de continuidad del príncipe puede aportar, según explica, equilibrio en la medida en que evita incertidumbres.
Manuel Pérez Yruela, catedrático de Sociología y Director del Instituto de Estudios Sociales Avanzados de Córdoba, va más allá y cree que debe haber un “papel creciente progresivo del príncipe y decreciente del rey”, pensando en ese futuro relevo. Explica que puede haber algo similar a una “delegación” que sirva para profundizar en su preparación en sentido práctico. Por ejemplo, representando al Estado en actos oficiales. Añade como retos del heredero “la necesidad de aislarse de asuntos religiosos y de temas como la igualdad”, así como “no asociarse a clases dirigentes cortesanas”. Es decir, no perder el contacto con la sociedad.
En su opinión, el príncipe debe “respetar la laicidad y estar más presente en la ciudadanía media para no subirse a la cúpula de la pirámide”. Coincide en que la monarquía sí está consolidada salvo catástrofe o si lo cambia el futuro de la UE, dado que está por decidir qué pasa con las monarquías europeas si se avanza en esa unión política.
La Constitución establece en los artículos 56 al 65 las funciones del rey. De su sucesor sólo hay una referencia en el artículo 57.2 para señalar que “el príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España”. No se precisan sus funciones, ni se especifica la posibilidad de que el rey delegue en él sus funciones, ni que tenga el equivalente a la inmunidad del monarca, ni la necesidad de que todos sus actos los refrende un miembro del Gobierno, como ocurre con el rey. Ni siquiera está establecida en ningún sitio su asignación económica, ni la organización administrativa que le rodea. Hasta ahora se ha descartado siempre la posibilidad de crear una Casa del Príncipe o estructura paralela, precisamente, para evitar la imagen de bicefalia o doble monarquía.
Francesc de Carreras, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona, asegura que es dudoso que sea necesaria una regulación legal de la figura del heredero. “La Corona es probablemente el órgano del Estado menos regulado y, quizás, lo mejor es que siga así”, añade. Tampoco cree que haya riesgo de una bicefalia de la monarquía, “otra cosa es que el príncipe ocupe cada vez más espacio dentro de la vida social”. Explica que, desde el punto de vista constitucional, lo que debe hacer Felipe de Borbón es “prepararse para cuando llegue el momento de suceder al rey”, y, para eso, debe aumentar su conocimiento sobre los ciudadanos.
El portavoz parlamentario del PSOE, catedrático de Derecho Constitucional y letrado de las Cortes, Diego López Garrido, asegura que no hay que cambiar nada y que la función del príncipe es la de “estar preparado para asumir las funciones de Jefe de Estado en una monarquía parlamentaria”. Entiende que no es preciso establecer ninguna regulación legal, más allá de la que establece la Constitución, dado que el heredero de la Corona tiene “relevancia constitucional”.López Garrido explica que, más allá de las funciones indelegables, ya se está produciendo en la práctica una delegación del rey a favor de su hijo. Algo que, añade, compete hacerlo al rey en el ejercicio de sus funciones.
Rosa Aguilar, dirigente de IU y alcaldesa de Córdoba, tampoco cree que sea precisa una regulación legal que “encorsete sus funciones” y asegura que “lo que debe hacer es estar en la calle, más que en el despacho, para conocer a los ciudadanos y para que los ciudadanos le conozcan a él con un perfil propio”. Aguilar, que asegura conocer bien al príncipe, alaba su capacidad para empaparse de la sociedad y su criterio propio sobre las cosas. Matiza que si se produce una delegación de funciones debe hacerse con absoluta claridad.
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