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El PP carece de cauces para relevar a Rajoy como candidato sin su consentimiento

El candidato, siempre el líder

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El presidente del Gobierno español en funciones, Mariano Rajoy, momentos antes de ofrecer una rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa. EFE/JuanJo Martín

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MADRID.- Hecha la ley, hecha la trampa. O el blindaje. El PP se debate estos días entre las opciones menos perjudiciales para su futuro, muy tocado en cualquier caso con los casos de corrupción destapados -a mayores de los existentes- en Valencia y Madrid, este último con eco acrecentado tras la pseudodimisión de la presidenta del PP regional, Esperanza Aguirre, como dirigente orgánica, aunque no como responsable del grupo municipal en el Ayuntamiento de la capital.

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Pese a las duras críticas que reciben quienes a su vez critican a Rajoy en conversaciones privadas pero no osan hacerlo público con nombres y apellidos, la realidad se empeña en darles la razón, y ellos/as así lo argumentan: los propios Estatutos del PP "impiden el relevo de Rajoy si éste no dimite, se muere o es declarado incapaz", recordaba en las últimas horas una fuente conservadora a Público.

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El candidato, siempre el líder

Efectivamente, el "ARTÍCULO 31: Democracia interna y procedimiento electoral" de los Estatutos del PP dedica su punto 4. (mucho más escueto que la media) al "candidato del Partido Popular a la Presidencia del Gobierno" y dice literalmente y en integridad: "El Presidente Nacional del Partido Popular, elegido por el Congreso, será el candidato del Partido a la Presidencia del Gobierno. En los supuestos de dimisión, fallecimiento o incapacidad del Presidente Nacional, la Junta Directiva Nacional, a propuesta del Comité Ejecutivo Nacional, designará el candidato del Partido Popular a la Presidencia del Gobierno, cuando no pudiera celebrarse un Congreso Extraordinario".

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