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El PP quiso vetar a la prensa en la vista de su demanda contra Bárcenas

El juez ha admitido la presencia de periodistas en el acto de hoy, aunque no la retransmisión de imágenes y sonido en directo como ocurrió en el pleito Cospedal-Bárcenas

ANDRÉS MUÑIZ

El PP se opuso a la presencia de periodistas en la vista de su demanda contra Luis Bárcenas que hoy se celebró en un Juzgado de Madrid, alegando que era un debate entre profesionales del Derecho que 'no deben verse inquietados en el ejercicio de su trabajo por la presencia de elementos extraños que no son habituales en una sala de vistas, además de debatirse en sus informes un derecho fundamental de sus clientes como es su honor', según dice el juez en un auto dictado esta semana.

La referencia a los periodistas como 'elementos extraños' en la vista no fue usada textualmente por el PP en su escrito de alegaciones, sino por el juez en su resolución. Los abogados del partido defendieron que no tenía justificación la grabación y divulgación masiva del juicio, ya que los demandantes querían 'la reparación del honor lesionado, y no desde luego su reiteración y reproducción masiva'.

Agregaba el partido que debían 'primar en este supuesto los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen de los litigantes y profesionales que los representan sobre la mera curiosidad por obtener determinadas imágenes. Publicidad, en términos constitucionales, no puede suponer en este caso publicación y divulgación masiva de imágenes y afirmaciones lesivas del honor de mis representados'.

La demanda está planteada por el PP, y sus dirigentes o exdirigentes Rodrigo Rato, Javier Arenas, Jaime Mayor Oreja y Angel Acebes, que piden medio millón de euros al extesorero del partido por la publicación de que cobraban sobresueldos en dinero negro. 

En un auto, el juez de Primera Instancia número 83 de Madrid, ante quien se celebra la vista, ha rechazado los argumentos del PP y permitirá la presencia de periodistas en el acto, aunque con la limitación de que no podrán retransmitirse en directo las imágenes y el sonido del mismo. Los informadores podrán asistir a las alegaciones de las partes 'con los enseres necesarios para desarrollar su labor excepto los que permitan la transmisión de señal en vivo de imagen o sonido', dice la resolución.

Tras recibir, a través del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la petición de medios de comunicación para asistir a la vista y para su difusión pública, el juez David Rodríguez Fernández-Yepes dió traslado a las partes para conocer su posición al respecto.

Según expone en el auto, los demandantes manifestaron una negativa total a la difusión de su desarrollo, mientras que la Fiscalía se opuso a la difusión de imágenes y sonido aunque no a la presencia física de enviados de medios de comunicación.

El PP apoyó su petición en la falta de contenido probatorio de la vista que prácticamente se verá reducida 'a una discusión estríctamente jurídica entre profesionales del derecho, que además son personas que no tienen ningún carácter público y que no deben verse inquietados en el ejercicio de su trabajo por la presencia de elementos extraños que no son habituales en una sala de vistas, además de debatirse en sus informes un derecho fundamental de sus clientes como es su honor', según la resolución.

El juez responde que, junto a su obligación de velar porque los abogados puedan realizar correctamente su trabajo, 'en una sociedad democrática los ciudadanos deben tener acceso a la información sobre la actividad que se desarrolla por sus Tribunales y la forma en que se hace a través de los medios de comunicación social, sin que esto deba dar lugar a la proliferación de múltiples juicios paralelos y simultáneos realizados fuera del Tribunal en el que se está desarrollando el único juicio previsto, máxime cuando lo que se discute es sobre derechos fundamentales de las personas'.

Por ello, entiende que, para compatibilizar la posibilidad de que los ciudadanos puedan tener un conocimiento completo del desarrollo de la vista y sus incidencias, al tiempo que se preserva el derecho de los profesionales jurídicos actuantes a ejercitar su trabajo 'sin inquietud', es por lo que accede a la solicitud articulada a través del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a los medios de comunicación interesados en obtener información acerca del desarrollo de la vista.

No obstante, establece la limitación de que no podrá retransmitirse en directo, aunque 'se podrán tomar imágenes del lugar de celebración de la vista así como de los asistentes a ella antes de su comienzo, debiendo paralizarse tal captación una vez iniciada la vista'.

La vista de la demanda de María Dolores de Cospedal contra Bárcenas, también por vulneración del honor, celebrada el pasado 18 de octubre en un Juzgado de Toledo, sí fue retransmitida en directo, y permitió ver la declaración por videoconferencia desde la cárcel de Soto del Real (Madrid) del extesorero, que entre otras cosas dijo: 'Fue mi mano la que dio a Cospedal el sobre con pagos'.

En esta nueva vista, los demandantes han evitado una situación similar --que en sectores del partido se vió como contraproducente al amplificar las acusaciones de Bárcenas-- y renunciaron a la declaración en la vista de todos los testigos que habían solicitado, incluido la del extesorero, que por su parte no ha pedido ninguna testifical.

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