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Referéndum 1-O Rajoy pedirá este miércoles al TC ejecutar su sentencia contra decisiones del Parlament

La última reforma permite al Constitucional suspender cautelarmente a los cargos que ignoren sus resoluciones, pero algunos magistrados defienden que sea la Fiscalía la que actúe contra ellos.

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, preside la Mesa del Parlament. /EFE

JULIA PÉREZ/ EFE

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, promoverá este miércoles ante el Tribunal Constitucional (TC) un incidente de ejecución de sentencia para paralizar las decisiones adoptadas por el Parlament que tienen como objetivo avanzar en la convocatoria de un referéndum en Catalunya el próximo 1 de octubre.

Esa iniciativa no necesita la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario ya que se trata de pedir que se aplique a las decisiones del Parlament la sentencia que ya adoptó en su día el TC considerando ilegales todos los actos que tuvieran como objetivo la convocatoria de ese referéndum.

La última reforma de la ley orgánica del TC del 2015 permite al máximo órgano de garantías suspender cautelarmente a los cargos que ignoren sus resoluciones, con el fin de asegurar que se ejecuten sus sentencias.

Sin embargo, algunos magistrados del TC defienden que sea la Fiscalía la que actúe contra ellos y que el Pleno del alto tribunal se reúna de manera extraordinaria sólo cuando el Parlament apruebe una ley y ésta se publique en el Boletín Oficial y el Gobierno la recurra.

La Fiscalía que actúe en caso de desobediencia

De esta manera, los magistrados consultados entienden que es la Fiscalía la que debe actuar a través de la jurisdicción penal cuando se constate que ha existido delito, como el desobediencia de las sentencias por tramitar o aprobar el referéndum. La consulta ha sido prohibida por el alto tribunal ya que invade competencias del Estado.

La reforma de la ley que regula el TC contempla que se pueda promover un incidente de ejecución para proponer al Constitucional que se adopten "las medidas de ejecución necesarias para garantizar el cumplimiento efectivo de sus resoluciones".

Las medidas a adoptar en una ejecución de sentencia abarcan desde la multa -de 3.000 a 30.000 euros-, la suspensión cautelar de funciones y la ejecución sustitutoria. En los casos de especial trascendencia, el TC puede actuar de oficio o a instancia del Gobierno sin oír a las partes.

En el caso de que el Parlament apruebe la ley con la convocatoria del referéndum, el Gobierno solicitará un dictamen del Consejo de Estado y luego se reunirá el Consejo de Ministros para recurrirla ante el TC.

Los delitos que se barajan abarcan: desobediencia, malversación de caudales públicos, prevaricación y el de usurpación de funciones en el caso de que se apruebe y se usurpen las funciones de la Junta Electoral que regula todo proceso electoral en España.

El documento a aprobar por el Parlament incluye una "Sindicatura Electoral", cuyos integrantes incurrirían además en el delito de desobediencia si constituyen esa sindicatura para llevar adelante el referéndum. 

Las sucesivas sentencias y autos del Tribunal Constitucional declararon "inconstitucional y nula" la convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014 y todo acto que tuviera como objetivo un referéndum independendista, que es contrario a la Constitución ya que su convocatoria es competencia estatal.

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