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Santiago Pedraz no archivará el 'caso Couso'

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El magistrado del Juzgado de Instrucción número uno, Santiago Pedraz, ha dictado un auto por el que acuerda no archivar el caso del cámara José Couso, tal y como se esperaba tras la reforma de la justicia universal.

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Para el juez, dicha reforma contradice, en el caso del cámara asesinado por el ejército estadounidense en Irak, la IV Convención de Ginebra, relativa a la protección de las personas civiles en tiempo de guerra. En concreto, en el auto, Pedraz hace referencia al artículo 146 de la Convención, que se refiere a las Sanciones Penales y dice: "Cada una de las Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad".

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Del auto [ver pdf aquí] se extrae que España no puede obviar dicha Convención ya que "la firmó, ratificó y publicó (vigente desde 1952)" y por ello forma parte de su ordenamiento jurídico. Está, por tanto, obligada a "perseguir el delito sea cual sea la nacionalidad de los autores y estén donde estén". Si se archivara el caso, afirma Pedraz, se estaría "admitiendo la posibilidad de que una norma interna modifique o derogue una disposición de un tratado o convencio internacional vigente para España".

David Couso, hermano del cámara, ha dicho que con este auto se confirma lo esperado por toda la familia: "Esperábamos que la magistratura elevara un recurso, porque en la Convención de Ginebra se dice claramente lo que es un crimen de guerra".

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En su opinión, esta reforma sólo viene a demostrar que el Gobierno "está formado por patriotas de hojalata que sucumben ante las presiones de otros países". "La pulserita que llevan identificando que son de este país no tiene relación alguna con lo que luego hacen en la búsqueda de justicia de un ciudadano español", apunta.

El auto dictado por Pedraz sirve —afirma Couso— como aliento "para seguir creyendo en la justicia de este país". "Vamos a seguir ahí, plantando cara a esta dura batalla", sentencia.

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El pasado viernes, quedaba definitivamente reflejada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, encargada de la jurisdicción universal, ahora limitada desde su entrada en vigor el sábado.

Esta modificación, realizada en tiempo récord, pondría fin, sin embargo y según Amnistía Internacional, a otros casos igual de importantes como el de Guantánamo, El Salvador, Gaza, los campos de concentración nazis, Atenco, Sahara, Tíbet, Ruanda, Falung Gong o Guatemala. A partir de hoy, lunes, los magistrados de la Audiencia Nacional tienen el encargo de archivar, de acuerdo al nuevo artículo 23 de la LOPJ, todos ellos.

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Por ahora, y según fuentes de la Audiencia Nacional, ninguna causa ha sido archivada. Los magistrados han dado traslado a la Fiscalía y a las partes implicadas en cada caso de la aplicación de la reforma, pudiendo estas últimas presentar las alegaciones que estimen necesarias. 

Auto en el que el juez Pedraz rechaza archivar el 'caso Couso' by publico2013

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