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El Supremo propone juzgar a Alberto Rodríguez por atentado contra la autoridad en una protesta

Se da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

03/12/2020.- El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, a su llegada este jueves al Congreso. Los Presupuestos de 2021 concluyen su trámite en la Cámara Baja, donde los acuerdos alcanzados en los últimos días con diferentes formaciones políticas pe
El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, en una imagen de archivo. Mariscal / EFE

El magistrado del Tribunal Supremo Antonio del Moral ha dictado este lunes un auto en el que propone juzgar al secretario de Organización y diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por presunto delito de atentado y falta (o delito leve) de lesiones. El auto ordena proseguir la causa, y da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral.

Así, y una vez concluida la instrucción del caso, se da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

Los hechos instruidos en el Supremo, dada la condición de aforado de Rodríguez, ocurrieron el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife) con motivo de una manifestación contra el entonces ministro José Ignacio Wert durante la cual el hoy parlamentario presuntamente propinó una patada a un policía. Hecho que el diputado negó ante el Supremo, afirmando el pasado mes de marzo que era "un intento más de criminalizar la protesta social". 

El juez Del Moral, una vez practicadas las diligencias necesarias, entre ellas la declaración del investigado, dio trámite de audiencia a las partes y la Fiscalía pidió la adopción del auto de transformación en procedimiento abreviado, al apreciar indicios de delito.

Por su parte la defensa del diputado, tras aportar un soporte digital con la grabación de algunos momentos seleccionados de la manifestación en que se sitúan los hechos, pidió que se decretase el archivo de la causa acordándose el sobreseimiento libre por no haber quedado suficientemente acreditada la comisión de infracción penal alguna.

Para el instructor, "los argumentos que recoge la defensa en justificación de su petición son, en todo caso, más propios del plenario. No se trata ahora de ventilar la culpabilidad o inocencia del acusado, sino tan solo verificar si la acusación que anuncia el Ministerio Público goza de un fundamento razonable (juicio de acusación) por consistir en imputación de hechos que, resultando típicos, cuentan con una base indiciaria que supera un estándar medio de potencialidad acreditativa, en el bien entendido de que la cuestión de fondo habrá de ser resuelta por el Tribunal competente a la vista de la prueba que pueda desplegarse en el acto del juicio oral".

El auto añade al respecto que "las declaraciones del agente policial que aparece como supuesta víctima, más la objetividad de los partes médicos conforman un cuadro indiciario suficiente para avanzar en el procedimiento y conferir el correspondiente traslado a la única acusación personada a los efectos del artículo 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

Respecto de los hechos que son objeto del procedimiento, el auto indica que en el presente caso aparecen bien delimitados desde el inicio de esta causa en cuanto en su origen está otro procedimiento en que se había abierto el juicio oral (por Juzgado de San Cristóbal de la Laguna, en Tenerife), posteriormente remitido al Supremo tras ser elegido diputado Alberto Rodríguez.

El instructor indica que existen elementos bastantes para considerar provisionalmente al investigado posible responsable de hechos que revisten caracteres de un delito de atentado y una falta (o delito leve) de lesiones.

Rodríguez niega haber golpeado a un policía

Durante su declaración ante Del Moral el pasado 4 de marzo, Rodríguez negó los hechos por los que fue imputado y enmarcó las investigaciones en su contra en "la criminalización de la protesta social".

El dirigente del partido morado sostiene que se limitó a participar "junto a miles de canarios en una manifestación por la educación pública y contra los recortes", aseverando que "ni siquiera estaba en ese momento" en el que se produjeron las agresiones a los agentes.

Rectificación

Esta noticia ha sido corregida tras informar en un primer momento por error de que el Tribunal Supremo procesaba a Alberto Rodríguez. El auto ordena proseguir la causa, y da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral.

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