El Supremo rechaza la comparecencia de Ábalos en el Senado que había pedido el PP
El magistrado Leopoldo Puente precisa que la cámara podría volver a pedir la comparecencia "con tiempo suficiente para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes".
El mismo juez ha denegado la petición de Ábalos y Koldo de ser juzgados por un jurado popular.

El Tribunal Supremo ha denegado que el exministro José Luis Ábalos, en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre, comparezca este jueves en la comisión de investigación del Senado sobre el caso Koldo, donde le citó el PP. A través de un auto, recogido por Europa Press, el magistrado instructor de la causa, Leopoldo Puente, señala que por "la singular premura de la solicitud referida" para que Ábalos comparezca "no es posible otorgar la autorización interesada".
El magistrado precisa, no obstante, que la Cámara Alta podría volver a presentar la solicitud de comparecencia "con tiempo suficiente para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes". La portavoz del PP en el Senado, Alicia García, anunció a finales de diciembre que la comisión de investigación fijaba para el 8 de enero —este martes— la comparecencia del exministro.
La comisión del caso Koldo en el Senado es una de las trincheras desde las que el PP ejercita su oposición al Gobierno, por lo que es de esperar que los populares vuelvan a intentar llevar al que fuera secretario de organización socialista y ministro de Transportes. Más si cabe, después de que Leopoldo Puente haya dejado la puerta abierta para ello.
Ábalos y Koldo no serán juzgados por un jurado popular
Por otro lado, el mismo juez ha denegado al exministro socialista y a su exasesor Koldo García su petición de ser juzgados por un jurado popular, y no por el alto tribunal, en el caso por las supuestas comisiones en la adjudicación de contratos públicos en la compra de mascarillas durante la pandemia.
En un auto, notificado este miércoles, el magistrado indica que "no ha lugar a lo interesado" después de que él mismo determinara, el pasado 3 de noviembre, "el procedimiento que debía seguirse y, en consecuencia, descartando, siquiera de modo implícito, que debiera serlo cualquier otro distinto" como el del jurado popular propuesto, de acuerdo con la información de la agencia EFE.
Esta resolución, observa, en la que se acordó el procesamiento por la causa de las mascarillas, fue ya recurrida en su momento por la defensa de Ábalos y de Koldo García, sin que entonces "ninguno de ellos adujera en su recurso la procedencia" de que la causa se enjuiciara por "el procedimiento de Jurado".
Ábalos pidió seguir cobrando y votar en el Congreso
Ábalos, con todo, ha sido uno de los principales protagonistas a nivel nacional en estos primeros compases del año. Este mismo martes anunció una solicitud al Congreso de los Diputados para que reconsiderara la suspensión de sus derechos y deberes como diputado para poder seguir percibiendo su sueldo y ejercitar su derecho a voto, tal y como informó Público. Por el momento, la Cámara Baja aún no se ha pronunciado.
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