La Audiencia de Madrid anula la decisión de Peinado de llevar a Begoña Gómez a un jurado popular
El tribunal ordena al instructor retrotraer la causa a la fase anterior en vista de que sus decisiones "adolecen de una adecuada motivación".

Madrid--Actualizado a
La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid corrige al juez Peinado y anula los cuatro autos por los que transformó el procedimiento contra Begoña Gómez, esposa del presidente Sánchez, en un procedimiento para el tribunal del jurado. El tribunal ordena a Peinado retrotraer las actuaciones al momento previo a derivarlo al tribunal de jurado.
Frente a los autos del juez instructor, tanto Begoña Gómez como su asesora, Cristina Álvarez, y el empresario también investigado Juan Carlos Barrabés habían presentado recursos que ahora resuelve de manera conjunta la Audiencia de Madrid.
"(...) las resoluciones impugnadas adolecen tanto de una adecuada delimitación fáctica, que es la que debe primar en esta fase del procedimiento, según venimos exponiendo desde la primera de nuestras resoluciones, como de una adecuada motivación".
En un auto del pasado 3 de octubre, la Audiencia ya dijo que la decisión de Peinado de enviar al tribunal del jurado el procedimiento contra Begoña Gómez era "prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental" .
Decía entonces la Audiencia que "no es de recibo adoptar una decisión de modificación del procedimiento a seguir sin verificar una correcta, aun cuando sea sucinta, delimitación fáctica y descripción de la base indiciaria incriminatoria que la sustenta, que permita conocer qué hechos se van a desgajar, respecto de qué investigados y para qué, de manera que podamos conocer si se trata de delitos conexos, si existe consistencia mínima para avanzar el procedimiento, si son escindibles y si ello va a facilitar la correcta tramitación de la causa".
La falta de motivación que ve ahora la Audiencia de Madrid compromete el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva: "Efectivamente, los cuatro autos que se comprenden en esta resolución carecen de la necesaria fundamentación, únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles a los que hacemos referencia, consecuentemente, se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva", dice la resolución.
El tribunal reprocha al juez Peinado que no haya realizado "un mínimo esfuerzo argumentativo": "(...) incidiendo en que nos encontramos ante delitos complejos como son los de tráfico de influencias y malversación, añadíamos que ni siquiera basta con una simple exposición objetiva de los hechos, sino que debería efectuarse un mínimo esfuerzo argumentativo que justifique la tipicidad, antijuridicidad de la conducta y participación delictiva, si no queremos obviar el papel esencial del juez instructor a la hora de la determinación inicial del objeto del procedimiento susceptible de acusación", concluye.
Con esta decisión, la Audiencia de Madrid no descarta que la causa acabe finalmente ante el tribunal de jurado, pero ordena al juez instructor que regrese al momento previo a la transformación en procedimiento del tribunal del jurado.
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