El Constitucional afronta un asunto sin precedentes: imponer o no al Gobierno un plazo para presentar los Presupuestos
El Senado plantea al Tribunal Constitucional un nuevo conflicto de atribuciones con el Gobierno por no presentar las cuentas públicas de 2026, y pide que fije un plazo para acometer este fin.
Expertos consultados por 'Público' ven probable que el tribunal de garantías resuelva en contra del Ejecutivo, pero alejan la posibilidad de que esto se traduzca en una obligación a presentar los Presupuestos.

Madrid--Actualizado a
El Tribunal Constitucional tiene ante sí una petición compleja a raíz del último conflicto de atribuciones con el Gobierno planteado por el Senado por no presentar los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2026, en el que se pide fijar un plazo para acometer este fin. El Pleno de la Cámara Alta acordó el pasado 22 de octubre el planteamiento de este conflicto, a iniciativa del PP, que cuenta con mayoría absoluta en el Senado, con el objetivo de obligar al Ministerio de Hacienda a presentar cuanto antes los Presupuestos de este año.
La Cámara Alta, que vuelve a hacer propia una iniciativa del PP, considera que la falta de presentación en plazo del Proyecto de Ley de PGE de 2026, así como el "abuso indefinido" de la prórroga presupuestaria, suponen la vulneración de varios artículos de la Constitución. En concreto, de los artículos 1.3, 66.2, 134, apartados 1, 2, 3, 4 y 5, 23 y 99.2.
Tal como detalla en un comunicado, se incumple la obligación constitucional de elaborar y presentar anualmente el Proyecto de PGE, prevista en los artículos 134.1 y 3 de la CE. Con este incumplimiento, "las Cortes Generales no pueden ejercer su competencia en materia presupuestaria, prevista en los artículos 66.2 y 134.1. De este modo, se limita la capacidad del Parlamento de modificar el texto, proponer alternativas y, sobre todo y en último término, aprobarlo o rechazarlo. Con ello, también se estaría vulnerando el artículo 23 de la Constitución, ya que se impide la participación de los senadores en la función presupuestaria".
Además, el Senado entiende que el Gobierno está utilizando de "forma abusiva" la prórroga presupuestaria, en contradicción con el artículo 134.4, con lo que se incumple también el principio de anualidad que prevé el artículo 134.2. Asimismo, las modificaciones presupuestarias que se están realizando de las cuentas públicas de 2023 prorrogadas, al margen del Parlamento, también suponen una vulneración directa del artículo 134.5 de la Constitución.
Por otro lado, el Senado declara que hay relación entre la no aprobación de los Presupuestos y la pérdida de confianza parlamentaria otorgada en la investidura, lo que afectaría al artículo 99.2 de la Carta Magna. Para el Senado, los dos precedentes de 1995 y 2019, en los que Felipe González y el propio Pedro Sánchez adelantaron las elecciones al no poder sacar adelante sus presupuestos, constituyen una "convención constitucional".
¿Qué pasa si el Gobierno vulnera la Constitución?
De esta manera, el Senado solicita al Tribunal Constitucional que declare que el Gobierno ha vulnerado estos preceptos y, como consecuencia, "declare la inconstitucionalidad y nulidad" de las distintas prórrogas presupuestarias. Asimismo, pide que resuelva "lo que proceda sobre las situaciones jurídicas producidas al amparo de aquella vulneración competencial y que se señale un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su deber constitucional en materia presupuestaria".
A partir de aquí, si la corte de garantías admite a trámite esta petición, ¿qué consecuencias puede tener? "El asunto no es fácil de determinar porque no tenemos precedentes estrictos que nos permitan aplicarlos a este caso", remacha Agustín Ruiz, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, en declaraciones a este medio.
En este sentido, este experto recuerda la negativa en 2016 del Gobierno en funciones de Mariano Rajoy a someterse al control del Congreso, que exigió una comparecencia del ministro de Defensa en funciones para informar sobre los acuerdos adoptados en una reunión de ministros de Defensa de la OTAN.
Dos años después, el Tribunal Constitucional le dio la razón al Congreso (STC 124/2018, de 14 de noviembre) y sentenció "declarar que el criterio del Gobierno expresado en el oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016 vulneró la atribución que al Congreso de los Diputados confiere el artículo 66.2 CE". En ese caso, agrega Ruiz, "no le ordenó comparecer, entre otras cosas, porque en el momento de la sentencia ya era Pedro Sánchez el presidente del Gobierno".
Trasladando esa doctrina al caso actual y con el mandato claro del artículo 134.3 en la mano, el catedrático cree que el Constitucional puede declarar que el Gobierno ha vulnerado la atribución constitucional del Senado para participar de la aprobación de los PGE, de acuerdo con los artículos 66.2 y 134.1 de la CE.
Y, aunque no ve viable que el Constitucional ordene al Gobierno de manera expresa que presente unas nuevas cuentas públicas –el artículo 75 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional "no le atribuye claramente la posibilidad de dar esa orden"–, sí ve factible que el TC señale un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su deber constitucional en materia presupuestaria. En todo caso, no confía en que una hipotética sentencia "llegue en fecha para que esa orden tenga sentido". "Lo veo improbable", agrega en declaraciones a Público.
Es "improbable" que el TC fije un plazo máximo
En esta línea, Miguel Revenga, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, también comparte la posibilidad de que el TC declare que el Gobierno incumple la Constitución al eludir su obligación de presentar la ley de Presupuestos y privar con ello al Senado de la facultad de debatirla.
Esta opción, a su entender, "tendría efectos políticos seguramente demoledores, pero en términos jurídicos, una declaración semejante jamás podría transformarse en una obligación de hacer; es decir, no tendría como correlato la obligatoriedad automática de la presentación del proyecto".
Es más, en caso de que se declarara la infracción de la Constitución, "estaríamos ante una inconstitucionalidad por omisión, figura de la que carecemos en nuestro diseño del control". Por lo tanto, ve "muy improbable que el tribunal fuera tan lejos como para señalar un plazo de cumplimiento". "Sería la primera vez que ocurriera algo así", zanja.
Más allá de las derivadas de este asunto, José Manuel Vera Santos, catedrático Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, comparte la pretensión del Senado. "Está en su derecho de presentar un conflicto de atribuciones y, de hecho, tiene hasta razón".
En esta línea, subraya otra perspectiva: el derecho ad officium, en alusión a la prerrogativa de un parlamentario de cumplir con sus tareas como representante público, ya que "se le conculca su posibilidad de desarrollar su carrera". Por ende, cree que el Congreso también debería de haber presentado un conflicto de atribuciones en este sentido "por respeto a sí mismo".
Esta nueva petición se suma a la docena de conflictos de atribuciones con el Gobierno y el Congreso tramitados por el Senado en esta legislatura. De ellos, al menos se han planteado nueve, según confirman fuentes de la Cámara Alta. Hasta la fecha, la Corte de garantías ha admitido los recursos por el supuesto veto a la reforma para rebajar penas a etarras (contra el Congreso), por modificar en la Cámara Baja la ley de eficiencia jurídica mediante corrección de errores (contra el Congreso y el Gobierno) y por el veto a enmiendas del Senado a la ley de cadena alimentaria (también contra ambas instituciones).


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