La Fiscalía rechaza acusar a Errejón de agresión sexual a Mouliaá y pedirá el archivo de la causa
El Ministerio Público pedirá al juez Carretero que revoque su decisión de celebrar el juicio contra el exdiputado, al entender que los indicios resultan insuficientes.

La Fiscalía ha pedido archivar la causa contra el exportavoz de Sumar Íñigo Errejón, procesado por el juez por agresiones sexuales a la actriz Elisa Mouliaá, y no presentará cargos en su contra.
El Ministerio Público pedirá al juez Carretero que revoque su decisión de celebrar el juicio contra el exdiputado, al entender que no existen los suficientes elementos probatorios para iniciar el proceso judicial.
De esta forma, la Fiscalía no acusará a Errejón quien por su parte recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid la decisión del juez de procesarle por tres agresiones sexuales en octubre de 2021, que Mouiláa denunció en octubre de 2024 y por las que esta actriz pide una pena de tres años de cárcel.
La Fiscalía Provincial de Madrid considera que el auto del juez Adolfo Carretero que transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, se ajusta a derecho porque cumple la finalidad prevista y detalla los indicios sobre los que se funda.
Según han informado fuentes de la Fiscalía, esta parte considera que una vez que se han practicado las diligencias de investigación consideradas necesarias para el esclarecimiento de los hechos "no ha quedado suficientemente justificada la perpetración del delito" y los indicios son insuficientes para formular escrito de acusación contra Errejón.
El Ministerio Fiscal da "plena veracidad" a la declaración de Mouliaá, quien manifestó, según destaca esta parte, que "se sintió cohibida y que en realidad no quería una relación sexual en los términos que finalmente se desarrolló".
Sin embargo, por una serie de hechos "y por la forma en la que actuó la denunciante" la Fiscalía no ve acreditado que Errejón fuera consciente de que la relación no era deseada y aceptada por esta y destaca que cuando la actriz "expresamente así se lo expuso", en dos ocasiones y momentos distintos, el político "cesó en su acción".
Por otra parte, la Fiscalía ha impugnado, en otro escrito, el recurso de Errejón contra su procesamiento, que apuntaba a varias pruebas "ignoradas por el instructor" o que si este creía a "a pies juntillas" a la denunciante, y no a testigos presenciales que la desmintieron, todos menos la actriz habrían cometido un delito de falso testimonio, algo sin "lógica alguna".
Por contra, la Fiscalía considera que el auto del juez Adolfo Carretero se ajusta a derecho porque cumple la finalidad prevista y detalla los indicios sobre los que se funda, aunque los indicios sean a juicio de esta parte insuficientes.
Ahora, el futuro de esta causa está en manos de la Audiencia Provincial de Madrid, que debe confirmar si se procesa a este dirigente, y por tanto se puede abrir juicio oral en su contra, o si se archiva la causa.
El juez Carretero procesó a Errejón por la presunta comisión de un delito de abuso sexual del antiguo artículo 181.1 del Código Penal, anterior a la ley del sí es sí, por ser más favorable para el investigado, dio veracidad al testimonio de la actriz y sostuvo que los indicios en contra de Errejón "existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado.
En octubre de 2024, después de que Errejón dimitiera de todos sus cargos políticos tras publicarse en redes acusaciones anónimas de violencia machista en su contra, Mouliaá denunció al ya exdirigente político y sostuvo que tres años antes éste le había besado y hecho tocamientos sin su consentimiento.
Errejón, asimismo, ha denunciado a Mouliaá por calumnias después de que la actriz le acusara de un delito de extorsión a dos de los testigos que declararon en la causa. El juez Arturo Zamarriego admitió a trámite la querella el pasado 3 de diciembre.

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