¿Quién envió la alerta durante la DANA? La cuestión que la jueza insiste en preguntar y que la Generalitat no responde
La magistrada también investiga si se utilizó algún otro medio para advertir a la población del riesgo.

La jueza de Instrucción número 3 de Catarroja (València) ha repetido su requerimiento a la Generalitat Valenciana para que informe sobre quién tomó la decisión de enviar el SMS de alerta por la DANA del pasado 29 de octubre. Asimismo, ha solicitado a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) los datos sobre el caudal del barranco del Poyo entre las 16.13 horas y las 18.42 horas de ese día, así como los medios empleados para su transmisión.
En un auto notificado este jueves a las partes, la magistrada también ha ordenado recabar material videográfico de diversos medios de comunicación. Este material debe incluir imágenes del aumento del caudal en la rambla, además de declaraciones y comunicaciones de las autoridades y responsables de Emergencias en relación con el temporal.
El objetivo de la investigación es determinar qué conocimiento se tenía sobre el sistema Es-Alert, el nivel de alerta declarado y la evolución de las condiciones meteorológicas durante la jornada de la DANA. La jueza busca esclarecer si se actuó con la diligencia necesaria ante la gravedad de la situación.
Asimismo, ha citado a declarar como perito a un investigador de la Universitat Politècnica de València. Este especialista ha elaborado un estudio cartográfico que detalla con precisión las cotas alcanzadas por el agua tras el desbordamiento del barranco del Poyo en varios municipios de la comarca de l’Horta Sud.
El auto judicial destaca que las declaraciones de testigos y familiares de las víctimas evidencian un desconocimiento generalizado del riesgo extremo en el que se encontraban. La crecida de la Rambla del Poyo y del Barranco de l’Horteta sorprendió a muchas personas sin previo aviso, lo que resultó en numerosas víctimas mortales.
La magistrada resalta que muchas de las víctimas eran personas de avanzada edad que se encontraban en las plantas bajas de sus domicilios cuando se produjo la inundación. Otras murieron en la calle o mientras intentaban mover sus vehículos de los garajes, sin haber recibido previamente una advertencia clara sobre el peligro.
La investigación también analiza si se realizaron las mediciones oportunas del caudal del barranco del Poyo y si los responsables de Emergencias conocían la magnitud del desbordamiento. La jueza considera que incluso la simple observación directa de la crecida por parte de personas cercanas a la zona podría haber alertado a las autoridades de la gravedad de la situación.
Además del envío del SMS a través del sistema Es-Alert, la jueza investiga si se utilizó algún otro medio para advertir a la población del riesgo. Entre estos medios se incluyen ruedas de prensa, declaraciones públicas o comunicados oficiales dirigidos a los medios de comunicación.
La jueza da un plazo de cinco días para que la Generalitat identifique a la persona responsable de enviar las alertas
En cuanto al envío del mensaje de alerta, el auto señala que la documentación remitida por la Conselleria de Interior y Emergencias no responde a la solicitud sobre quién tomó la decisión de enviarlo. Por ello, la jueza ha dado un plazo de cinco días a la Generalitat para que identifique a la persona responsable.
También se ha solicitado a la Conselleria que identifique al funcionario o técnico que ejecutó la orden de envío del SMS. Así lo detalla el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado emitido tras la notificación del auto judicial.
Por otro lado, el auto pone de manifiesto un vacío en las comunicaciones de la CHJ sobre el caudal de la Rambla del Poyo entre las 16.13 y las 18.42 horas del 29 de octubre. La jueza destaca la necesidad de esclarecer por qué no se registraron mensajes en ese lapso de tiempo.
A pesar de esta falta de información, la CHJ había indicado en un comunicado el pasado 4 de febrero que su Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) funcionaba correctamente y actualizaba los datos cada cinco minutos. Por ello, la magistrada exige la entrega de todos los registros de ese período, especificando el medio de transmisión empleado y si la información fue publicada en la web de la CHJ o enviada a través de otros canales.
El auto ha sido notificado a la Fiscalía y a las siete acusaciones particulares que se han personado en el procedimiento hasta la fecha. La resolución judicial puede ser recurrida mediante reforma o apelación.
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