Nueva absolución a Villarejo por otro encargo de espionaje, pero se condena a dos policías
Los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla han sido condenados a un año de cárcel por un delito de descubrimiento de secretos de particulares.

La Audiencia Nacional ha absuelto al excomisario José Villarejo por otro de sus encargos de espionaje, que en este caso consistió en acceder a datos reservados de un empresario marbellí por encargo de una mujer con la que este último mantenía un litigio urbanístico.
No obstante, por estos mismos hechos, han sido condenados a un año de cárcel los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla por un delito de descubrimiento de secretos de particulares, si bien han resultado absueltos del otro delito del que estaban acusados, el de cohecho pasivo.
A finales de octubre, Villarejo fue también absuelto del encargo de espionaje al expresidente de Martinsa Fadesa y del Real Madrid, Fernando Martín, por parte de un empresario que trataba de recuperar la inversión de cien millones de euros que había hecho en su inmobiliaria, hechos por los que se enfrentaba a una petición del fiscal de 23 años y medio de cárcel.
En esta nueva sentencia, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Penal absuelven de nuevo al comisario de los delitos de cohecho pasivo y de descubrimiento y revelación de secretos de particulares cometido por funcionario público al considerar que no consta que tuviera participación en los hechos investigados.
En esta pieza número ocho del denominado caso Tándem, en la que no fue enjuiciado el socio de Villarejo en la empresa Cenyt, Rafael Redondo, por motivos de salud, la Fiscalía Anticorrupción solicitaba una condena para el comisario de nueve años de cárcel, mientras que para Riaño y Bonilla solicitaba ocho años y cuatro años y nueve meses, respectivamente.
Según los hechos probados de la sentencia, el 24 de julio de 2015, una vecina de Marbella, M.K., contactó con Rafael Redondo por su condición de abogado en ejercicio en el despacho Stuart&Mckenzie para que le ayudara en un conflicto que mantenía con el empresario Felipe Gómez Zotano.
En el marco de este encargo, unos días más tarde, el 18 de agosto, el inspector de Policía José María Serrano Ydigoras, destinado en la Comisaría General de Información, al igual que Constancio Riaño, también Inspector de la UCAO, jefe de sección de relaciones institucionales y superior inmediato de aquel otro, efectuó una incursión con la clave que tenía asignada -sin responder tal acceso a supuesto alguno de los que le habilitaban a tal efecto-.
Ello con el objeto de acceder a la información de la totalidad de las Escrituras Públicas, que había otorgado Gómez Zotano ante Notarios españoles y que obraban en el Órgano Centralizado de Prevención del Consejo General del Notariado (OCP).
Una vez se hizo con dicha información, relata la resolución, se la envió a Riaño, conocedor de su procedencia, quien a su vez la mandó desde su correo electrónico profesional a la entidad ANBYCOL de Antonio Bonilla, entonces en situación administrativa de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía, quien estaba al tanto de su origen.
Este último, al día siguiente, envió la información al correo electrónico de Rafael Redondo en la compañía CENYT, perteneciente al grupo de empresas de Villarejo (policía en activo en esa fecha) de la que también formaba parte la firma de abogados Stuart&Mckenzie. Con esos datos, Bonilla analizó la información notarial Zotano conforme al acuerdo suscrito con Cenyt.
El informe elaborado con los datos obtenidos del empresario, denominado “Informe Prejudicial. Investigación prejudicial, patrimonial y análisis documental de Felipe Gómez Zotano”, fue posteriormente incorporado al procedimiento penal incoado en el Juzgado de Instrucción 5 de Marbella, a raíz de la admisión a trámite de la querella presentado por M.K. contra el ejecutivo marbellí.
“La información obtenida del OCP en la forma expuesta fue la que nutrió el informe de 7 de septiembre de 2015, no constando que en los acontecimientos descritos tuviera participación el acusado José Manuel Villarejo Pérez”, sostiene la Sala

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