"Te apoyamos, entendemos por qué te cuesta más hacer las cosas": el empeño de una jueza para que la infancia comprenda las sentencias
El TSJ de Canarias decide no incluir en una sentencia relativa a un niño de 10 años un resumen dirigido a él, en un leguaje entendible para su edad, como obliga la Ley de Derecho a Defensa. Una de las magistradas del tribunal, Gloria Poyatos, que solicitaba la medida, emite un voto en el que plasma la comunicación dirigida al niño.

Madrid--Actualizado a
El pasado 12 de junio de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictaba una sentencia muy importante no solo por el tema que resolvía —el recurso por una reclamación de discapacidad de un niño de diez años— sino por la decisión que adoptó el tribunal ante la petición de una de las magistradas de incluir un resumen de la sentencia dirigido al niño, en un lenguaje asequible a su edad.
El tribunal desestimó el recurso interpuesto por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias contra la sentencia del Juzgado de lo social 4 de Las Palmas de Gran Canaria del 4 de marzo de 2024, que otorgaba al niño, que tiene Trastorno del Espectro Autista (TEA), entre otras patologías, un grado de discapacidad del 45 %. La Consejería no le reconocía ningún grado de discapacidad.
La sentencia de instancia fue ratificada, al entender los cinco magistrados y magistradas de la Sala de lo Social que estaba acreditado que el pequeño sufría diversas patologías, con un diagnóstico principal de TEA. "No estamos hablando de un menor con discapacidad intelectual, sino de un menor con un diagnóstico de TEA, que no tiene una deficiencia intelectual, sino necesidades de apoyo", consta en la sentencia, a la que ha podido acceder Público.
Pero en una cuestión no hubo acuerdo. La magistrada Gloria Poyatos, por ende, presidenta de la Sala de lo Social del TSJC, propuso incluir en la sentencia un resumen destinado al propio niño, en un lenguaje asequible para su edad. Pero el resto de magistrados no accedió. Así consta en la sentencia, en el voto convergente de Poyatos.
No es una opción, es una obligación
"Desde mi punto de vista, la adaptación del lenguaje de las resoluciones judiciales cuando afecten a personas menores de edad no es una opción de quien juzga sino una obligación, que descansa en el art. 3.1 de la Convención de los Derechos del Niño", consta en el voto de Gloria Poyatos.
Y no solo eso. "(...) es ya un mandato legal transversal y vinculante para quienes juzgamos, preceptuado en el art. 9 1º y 3º de la LO 5/2024 de 11 de noviembre del Derecho a Defensa", continúa la magistrada.
Adaptar el lenguaje judicial
La Ley Orgánica del Derecho a Defensa indica en su artículo 9.1: "Los actos y comunicaciones procesales se redactarán en lenguaje claro, de manera sencilla y accesible universalmente, de forma que permitan conocer a sus destinatarios el objeto y consecuencias del acto procesal comunicado (…)"
En el artículo 9.3 añade: "El lenguaje se adaptará específicamente para menores de edad cuando sean los destinatarios de los actos, comunicaciones y resoluciones referidas en los dos apartados anteriores. Esta adaptación se realizará aunque los menores cuenten con asistencia letrada y con la representación de sus progenitores, tutores o defensores judiciales".
Considera la magistrada que además en la ley "de forma nítida se nos ha interpelado (...) de forma clara y contundente con este tenor: "Las juezas, jueces, magistradas y magistrados velarán por la salvaguardia de este derecho".
"La justicia debe adaptarse a la ciudadanía destinataria de nuestras resoluciones y no al revés. Por ello, velando por la salvaguarda de este derecho, debimos, en cumplimiento del art. 9.3º y 4º de la LO 5/2024, incluir en la sentencia unos párrafos resumen de nuestra decisión, adaptando el encriptado lenguaje jurídico, a un registro semántico y expresivo que pueda ser comprensible para su destinatario, el niño, de 10 años de edad", consta en el voto de Poyatos, visible en la sentencia.
La sentencia para el niño
A continuación la jueza incluye el resumen dirigido al pequeño. Nos dirigimos a ti, Juan (nombre ficticio). Formamos el equipo judicial elegido para decidir sobre lo que nos pides. Nos has contado que te cuesta un poco más que al resto de los niños y niñas, atender en la clase, estudiar, obedecer a tu mamá y a tu papá, hacer caso a tu hermano, no enfadarte de repente, sin saber porqué, y que también te es difícil seguir, en general, el ritmo de las actividades en casa, la calle o el cole.
"Hemos estudiado tu caso, y tienes toda la razón, te vamos a apoyar porque ahora entendemos porqué te cuesta más hacer las cosas. Debes seguir atento a los consejos de las personas adultas que te rodean y ayudan cada día, desde la escuela, en casa, o los médicos que siempre te van a ayudar y orientar para que te sientas bien y contento, en todo momento. Mientras tanto, no dejes de estudiar y hacer las tareas diarias del cole, porque ello te servirá para entenderte mejor y así podrás compartir juegos, tareas, deportes, excursiones y otras actividades con tus amigos y amigas del cole o fuera del cole".
"Has sido muy valiente y tu mamá también"
Pese a que la Ley de Derecho a la Defensa exige esta adaptación al lenguaje asequible a las personas a quienes se dirijan las resoluciones judiciales, en especial, a los menores de edad, son una abrumadora minoría las sentencias que incluyen este precepto.
La primera en hacerlo o una de las primeras fue Isabel Giménez, jueza sustituta en los juzgados de Barcelona, que en julio de 2023 le explicó a un niño, de 13 años, en un lenguaje entendible para él la sentencia que había dictado: "Mi nombre es Isabel y soy la jueza que ha decidido sobre dónde y con quién tienes que vivir. Los jueces y las juezas tenemos la obligación de proteger los derechos de los niños y las niñas y me gustaría explicarte la decisión que he tomado de forma que puedas entenderla", le explica la juzgadora al niño, en una sentencia que adelantó Público.
"Has sido muy valiente y tu mamá también"; "Sé que te sientes protegido al lado de tu mamá y que quieres seguir viviendo con ella porque ella te cuida y te quiere. Debes saber que has sido muy valiente explicando lo que te ha pasado en la escuela y en el instituto, es lo que me ha permitido saber qué te ha hecho sentirte mal durante mucho tiempo".
La jueza prosiguía: "Con esa información puedo decirle al instituto que tiene que buscar una solución para que los compañeros del instituto no te vuelvan a hacer daño (ni física ni emocionalmente), para que puedas ir a clase sin miedo y, a los organismos públicos, que tú eres quién ha sufrido violencia y que no han sabido protegerte y que el problema no es que tu madre intente protegerte sino la violencia en la escuela", dice la magistrada con contundencia.
"Tu mamá también ha sido muy valiente apoyándote en todo momento y luchando para que dejen de hacerte daño y te ayuden quiénes tienen la obligación de dar esa ayuda", concluía la jueza.

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