El TSJA tumba la querella de la Fiscalía contra el diputado de Adelante Andalucía que criticó a la Policía
"No hay injurias graves a la Policía, no hay calumnia, no hay incitación al odio, sino ejercicio de la libertad de expresión", expresa con contundencia el auto que inadmite la querella.

Sevilla--Actualizado a
"La decisión no puede ser otra que la inadmisión a trámite de la querella, a fin de impedir la incoación en vano de un procedimiento penal". Así de contundente se muestra el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el auto en el que tumba y rechaza de plano investigar la querella de la Fiscalía contra el diputado de Adelante Andalucía, José Ignacio García, que había criticado a la Policía de Sevilla tras la muerte por ahogamiento del vendedor ambulante Mahmoud Bakhoum, a finales de diciembre pasado.
El TSJA considera que los hechos no son constitutivos de delito y, por tanto, inadmite a trámite la querella. "No hay injurias graves a la Policía, no hay calumnia, no hay incitación al odio, sino ejercicio de la libertad de expresión constitucionalmente protegido", se lee en el auto judicial que firman los magistrados Lorenzo del Río —presidente del TSJA—, junto con los magistrados Antonio Moreno y Miguel Pasquau.
Unos días después de la muerte, que causó un gran impacto en Sevilla, durante una concentración en apoyo de Bakhoum, en la que compañeros y amigos del vendedor exigieron una investigación y lanzaron preguntas como "¿qué tipo de seguimiento acaba con una persona lanzándose al río?", el diputado y portavoz de Adelante Andalucía, José Ignacio García, manifestó que se trataba de "racismo institucional, violencia policial y represión". García añadió que "34 camisetas es lo que tenía Mamouth, un chaval senegalés mantero, trabajador aquí en Sevilla, para que le persiguiera la Policía Local hasta la muerte". El diputado también exigió que se produjeran esas pesquisas.
La Policía Local puso una denuncia contra García, que anunció el propio Ayuntamiento de Sevilla, en manos del PP, que derivó en la presentación ante el Tribunal Superior de Justicia, de una querella de la Fiscalía contra el diputado por un delito de injurias contra los ejércitos, clases o cuerpos y fuerzas de seguridad. La pena era una multa de doce a dieciocho meses.
Esta ha quedado ahora desmontada por el TSJA, para el que, ante "un legítimo, aunque a su vez criticable, ejercicio de la libertad de expresión por un diputado dando voz a una reivindicación de carácter político y protestando por una actuación de la policía local sin la que no se habría producido el trágico suceso, no puede prevalecer una abstracta consideración sobre el bien jurídico protegido [por el delito de injurias a las fuerzas de seguridad], el prestigio de [la policía[, institución indispensable para la eficacia del ordenamiento jurídico, la protección de los derechos y la misma democracia".
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