La DGT cambia las normas de adelantamiento: así te afectará desde octubre
Entre las nuevas medidas habrá que tener más distancia y precaución al rebasar a usuarios vulnerables.
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El 1 de octubre cambiarán las normas en la carretera tal y como las conocemos. Por ello, conviene estar informado de estas nuevas incorporaciones para evitar la pérdida de puntos. Junto al cambio de los semáforos, que es uno de los más relevantes, se suma que hay nuevas formas de realizar los adelantamientos. La Dirección General de Tráfico (DGT) va a introducir estas nuevas medidas para conseguir una mayor seguridad vial en las carreteras.
Nuevas medidas en adelantamientos a ciclistas
Una de las principales modificaciones es que se va a cambiar el cómo se debe adelantar a los ciclistas fuera de poblado. A partir del 1 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, los conductores deberán circular al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad de la vía cuando adelanten a ciclistas.
Por ejemplo, en una carretera limitada a 90 km/h, el adelantamiento deberá realizarse a menos de 70 km/h, mientras que en una vía con un máximo de 70 km/h, la velocidad tendrá que ser inferior a 50 km/h. No cumplir con esta norma será considerado una infracción grave, que conllevará una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
Por otro lado, ya era obligatorio respetar la separación lateral mínima de 1,5 metros obligatoria con ciclistas al adelantar, pero desde el próximo mes también lo será al rebasar a peatones, animales, ciclomotores o vehículos de movilidad personal. El BOE señala que si la calzada tiene más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para acometer el adelantamiento. Incumplir esto estará sancionado con 200 euros y seis puntos.
Otra de las normas va a afectar a los adelantamientos y de nuevo a los ciclistas, pero en este caso en vías urbanas, donde habrá una obligatoriedad de que todos los conductores dejen una distancia de al menos 5 metros con los usuarios de bicicletas en calles y ciudades cuando circulen por delante. Incumplir esto se sancionará igual que las anteriores novedades. Con estas medidas pretenden evitar el acoso vial y poder ayudar en entornos urbanos.
En las ciudades también habrá cambios en la forma en la que los ciclistas pueden desplazarse entre el tráfico. A partir de octubre podrán rebasar o adelantar a los vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda cuando se den determinadas circunstancias. Esta posibilidad estará especialmente pensada para situaciones de retención, cuando necesiten avanzar hasta las zonas de espera habilitadas en las intersecciones. La modificación busca facilitar la circulación de las bicicletas cuando el tráfico urbano se encuentra congestionado.
Cómo podrán adelantar las motos en atascos
Las novedades no afectan únicamente a los adelantamientos en los que participan bicicletas. El nuevo Reglamento General de Circulación contempla también una excepción para las motocicletas cuando el tráfico se encuentre congestionado. Los motoristas podrán utilizar el arcén derecho para rebasar vehículos, aunque no podrán hacerlo de manera generalizada.
Para que esta posibilidad sea válida deberán cumplirse varias condiciones. El tramo tendrá que estar previamente habilitado y señalizado, los vehículos deberán encontrarse detenidos debido a la congestión y las motocicletas tendrán que circular a un máximo de 30 km/h y en fila de uno. De esta manera, se pretende separar a las motos del resto de vehículos durante las retenciones.
Circular por el arcén sin que concurran estas circunstancias constituirá una infracción grave, castigada con 200 euros de multa, aunque en este supuesto no implicará la pérdida de puntos del carnet.
Cambios al rebasar vehículos averiados
El reglamento introduce además nuevas condiciones para los conductores que tengan que pasar junto a un vehículo que se encuentre inmovilizado por una avería, un accidente, labores de mantenimiento, asistencia u otra circunstancia. En estos casos será necesario extremar las precauciones, reducir la velocidad y mantener la distancia lateral de seguridad.
Cuando las características de la vía lo permitan, el conductor deberá desplazarse por completo al carril contiguo para realizar la maniobra y mantener una separación lateral de 1,5 metros. Para conseguirlo estará permitido incluso pisar o rebasar una línea continua, siempre que las condiciones del tráfico y la presencia de vehículos en sentido contrario lo permitan. Incumplir estas condiciones podrá suponer una multa de 200 euros.
Cambios al adelantar con nieve en autopistas y autovías
Otra de las modificaciones afecta a las situaciones en las que la nieve dificulte la circulación en autopistas y autovías. En estos casos estará prohibido adelantar, una medida pensada para facilitar el desplazamiento de las máquinas quitanieves y de los vehículos de emergencia por los carriles que queden libres.
Los conductores deberán utilizar el carril situado más a la derecha. Cuando la vía tenga tres o más carriles por sentido, también podrán ocupar el inmediatamente contiguo, mientras que los restantes deberán quedar disponibles para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves. Incumplir esta prohibición será una infracción grave, con una multa de 200 euros, aunque no supondrá la retirada de puntos.
Las modificaciones que entrarán en vigor el 1 de octubre afectan a distintas situaciones que pueden producirse tanto en carretera como en ciudad. Las nuevas condiciones para adelantar o rebasar a usuarios vulnerables, las excepciones para las motocicletas durante las retenciones y las restricciones cuando haya nieve buscan establecer unas reglas más concretas para cada escenario. Los conductores deberán tenerlas en cuenta para adaptar sus maniobras y evitar sanciones.
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