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Fase 1 Terrazas, deporte, museos y todo lo que permite el Gobierno desde este lunes a las provincias que están en fase 1

La orden publicada en el BOE regula la nueva etapa de la desescalada en la que se permiten, entre otras, la reapertura de numerosas instalaciones y servicios y las condiciones en las que deberán hacerlo. 

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Segundo día permitido para realizar paseos y correr para mayores de 14 años en la Gran Vía y calle Fuencarral de Madrid en la franja de 20-23 horas.

madrid,

La orden que flexibiliza las actividades permitidas en la fase 1 de la desescalada por el coronavirus, a la que accederán los territorios autorizados este viernes por el Gobierno, determina la reapertura de numerosas instalaciones y servicios con determinadas condiciones.

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Las principales medidas de la orden, publicada este sábado en el BOE, son las siguientes:

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Medidas de carácter social

Reuniones de un máximo de diez personas.

Posibilidad de movilidad entre municipios colindantes para actividades socioeconómicas.

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Velatorios con límite de 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados.

Máximo de 15 personas en entierros o incineraciones además del oficiante en el caso de los ritos funerarios.

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Asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.

No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.

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Se prohíbe la distribución de cualquier objeto, libros o folletos, así como tocar o besar objetos de devoción, y no está permitida la actuación de coros.

Locales comerciales

Podrán abrirse todos los locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados excepto los que se encuentren dentro de centros o parques comerciales.

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Reducción del aforo al 30%.

Dos metros entre clientes. Si no es posible mantener esa distancia, sólo un cliente dentro del local.

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Horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

Reapertura con cita previa de concesionarios de automoción, centros de ITV, locales de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

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Apertura de entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal excepto las que se encuentren en centros comerciales.

Mercados al aire libre si así lo deciden los ayuntamientos correspondientes.

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Terrazas de hoteles, bares y restaurantes

Apertura de terrazas al 50 por ciento de las mesas que tenga permitidas.

Ocupación máxima de 10 personas por mesa.

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Se evitarán cartas de uso común, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.

Servicios sociales

Apertura de centros y servicios de usos sociales con las medidas de seguridad previstas, pero priorizando la vía telemática cuando sea posible.

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En todo caso, se garantizará la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

Centros educativos

Reapertura de los centros educativos y centros universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para funciones administrativas.

Limitación al máximo posible del empleo de documentos en papel.

Podrá procederse a la apertura de los laboratorios universitarios para las labores de investigación que les son propias.

Bibliotecas

Reapertura de bibliotecas para préstamo y devolución de obras y lectura en sala.

No se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos para el público.

En bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario se permite la consulta con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario.

Una vez consultadas las obras permanecerán catorce días si poder utilizarse.

Museos

Los museos podrán abrir reduciendo a un tercio el aforo de cada una de sus salas.

Inhabilitación de elementos de uso táctil y audioguías y folletos en sala.

Las visitas serán individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar o unidad de convivencia análoga.

El servicio de consigna no estará disponible.

Producción y rodaje de obras audiovisuales

Realización de la mayoría de las actividades de producción siempre que se cumplan las medidas higiénico-sanitarias.

Se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.

Actos y espectáculos culturales

Reapertura de locales en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales sólo para un tercio de su aforo y siempre que no se superen las 30 personas en lugares cerrados y 200 al aire libre.

No se entregará libreto ni programa ni otra documentación en papel.

No se prestarán servicios complementarios como tiendas, cafetería o guardarropa.

Actividad deportiva, profesional y federada

Apertura de los Centros de Alto Rendimiento.

Sólo podrá acceder con los deportistas un entrenador.

Entrenamientos preferentemente de forma individual.

Los clubes deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos en grupos de hasta diez deportistas.

A las sesiones de entrenamiento no podrán asistir medios de comunicación ni contarán con presencia de personal auxiliar o utilleros.

Apertura de las instalaciones deportivas al aire libre con cita previa.

Hoteles y establecimientos turísticos

Apertura de hoteles y alojamientos turísticos, que podrán prestar servicio de restauración sólo a sus clientes hospedados.

No está permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas o salones de eventos.

Se limpiarán y desinfectarán al menos cada dos horas todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas por diferentes personas.

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