Las empresas tendrán prohibido hacer llamadas comerciales desde móviles en el plazo de tres meses
Las teleoperadoras estarán obligadas a bloquear llamadas y SMS de números que no estén asignados a un cliente final, así como las comunicaciones internacionales que simulan hacerse desde España.

Madrid--Actualizado a
Las empresas y entidades públicas tendrán prohibido en el plazo de tres meses efectuar llamadas comerciales a través de móviles, en virtud de una orden ministerial, ya firmada. Este decreto incluye un paquete de medidas para evitar las estafas de suplantación de identidad que se efectúan a través de telefonía o mensajería móvil (SMS).
Sí podrán, sin embargo, efectuarse llamadas comerciales desde un 900 o de un 800, números que hasta ahora solo estaban asignados para recibirlas. Esto es gracias a una orden del Ministerio de Transformación Digital y para la Función Pública, que entrará en vigor en el plazo de 20 días a partir de su publicación esta semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Su titular, Óscar López, ha explicado estas medidas en declaraciones a los periodistas. Entre ellas, se incluye la obligatoriedad que se establece a los operadores de telecomunicaciones de bloquear llamadas y SMS con numeración que no haya sido atribuida a un cliente final o a un operador.
Se parte de la base de que, si no hay clientes reales detrás de la llamada, esto supone un indicio de que se está tratando de obtener ventaja con la suplantación de identidad.
Bloqueo a llamadas que simulan hacerse desde España
Además, los operadores de telecomunicaciones también tendrán que bloquear las llamadas de procedencia internacional que simulan haber sido originadas en un número español, salvo las de los clientes en itinerancia (roaming).
Esta medida se fija teniendo en cuenta que las llamadas fraudulentas suelen provenir de países extranjeros, como Países Bajos o Reino Unido, desde donde se simulan llamadas con numeración española.
Además, los operadores estarán obligados a bloquear los mensajes que, en lugar de un número de teléfono, estén asignados a un código alfanumérico. Eso sí, siempre que no estén registrados sus propietarios en la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).
Debido a esto, la CNMC deberá elaborar una base de datos en la que cualquier entidad pública o privada que quiera usar este tipo de mensajes con código alfanumérico deberá estar registrada en dicha base.
"Un paso muy importante"
Óscar López ha destacado que esta orden se ha puesto en marcha "tras meses de trabajo" junto con las teleoperadoras, a las que se ha involucrado para adoptar estas medidas.
El ministro ha apuntado: "Hoy damos un paso muy importante. Nos ponemos a la cabeza de Europa". Se ha referido a países como Finlandia, que han tomado medidas "muy parecidas" y "han reducido el 90% de las estafas".
Esta orden entrará en vigor en el plazo de 20 días a partir de su publicación en el BOE, aunque algunas de sus medidas serán obligatorias en un plazo mayor de tiempo teniendo en cuenta la complejidad técnica que requiere aplicarlas.
Así, por ejemplo, en lo que concierne a las medidas sobre mensajes con código alfanumérico, entrarán en vigor a los 15 meses de la publicación de la orden.
Multas de hasta dos millones de euros
El incumplimiento de estas medidas está tipificado en la Ley General de Telecomunicaciones como infracción grave y son susceptibles de recibir una sanción de hasta dos millones de euros, según ha explicado a los periodistas el secretario General de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales y Seguridad Digital, Matías González Martín.
En junio del año pasado, se publicó un borrador de orden, que se ha mantenido en un 95% en el texto final, al que se han incluido sobre todo mejoras técnicas.
Según González, cuando se empezó a tramitar la orden, a principios de 2024, el 50% de los fraudes se cometían mediante estas prácticas. La orden está en línea con medidas que ya se han implantado en Francia, Alemania y Bélgica, además de Finlandia.
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