El Gobierno confirma que confinará aves de corral a partir de este lunes para frenar la gripe aviar
El confinamiento de las aves en las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia afectará a 1.199 municipios.

Madrid-
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha avanzado que aplicará, a partir del próximo lunes, medidas adicionales para prevenir la propagación del virus de la influenza aviar. Una decisión tomada tras una semana en la que se ha constatado un aumento del riesgo por la proliferación de casos en Europa -sobre todo en aves silvestres-, los movimientos migratorios y el descenso de las temperaturas.
El confinamiento de las aves de corral, en las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, afectará a 1.199 municipios, según ha detallado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El Ministerio, de acuerdo con las comunidades autónomas, activa la totalidad de las medidas de protección frente a la influenza aviar e incluye las siguientes prohibiciones y obligaciones:
Queda prohibida la utilización de pájaros de los órdenes anseriformes y charadriformes como señuelo; la cría de patos y gansos con otras aves de corral.
Además, estará prohibida la crías de aves de corral al aire libre. Pero cuando esto no sea posible, se podrá autorizar que haya aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres.
En este caso, las aves tendrán que alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones, o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimento destinados a las de corral.
Queda prohibido también dar agua a las aves de corral procedente de depósitos a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.
Los depósitos de agua situados en el exterior, requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral, quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
Se prohíbe también la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
Para el resto del territorio, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación recuerda la necesidad de extremar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas, especialmente aquellas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres. Además de reforzar la vigilancia pasiva, y notificar cuanto antes cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales.
Las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia están determinadas, respectivamente, en los anexos II y III de la mencionada orden.
Las comunidades autónomas, que tienen las competencias en sanidad animal, pueden determinar otras medidas complementarias para reforzar la protección contra esta enfermedad.
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