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Aquarius El Gobierno dará un permiso de residencia de 45 días a los rescatados del Aquarius 

Se trata de una medida especial por motivos humanitarios. En ese periodo podrán solicitar protección internacional, aunque después se aplicará la legalidad vigente en materia de extranjería, que podría implicar expedientes de devolución e internamiento en CIE para quienes no reúnan los requisitos.

Varios de los rescatados, a bordo del Aquarius, en camino a València.- Karpov / SOS Mediterranee/

AGENCIAS

Los migrantes de la flotilla del Aquarius, que ya ha comenzado a llegar a València, tendrán autorizada una entrada extraordinaria a España por motivos humanitarios de 45 días una vez pasen los trámites documentales por parte de la Policía Nacional, según ha explicado a los medios el inspector jefe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de Madrid Bernardo Alonso.

El anuncio de Alonso aumenta en 15 días lo dicho este sábado por el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, que avanzó un permiso especial de un mes. Así las cosas, los rescatados del Aquarius tendrán un mes para formalizar sus peticiones de asilo y intentar obtener un permiso para permanecer en el país por razones humanitarias.

Una gran parte de ellos, explican las ONG Médicos Sin Fronteras y SOS Mediterranée, se aventuraron a cruzar el Mediterráneo "huyendo de situaciones de violencia". Muchos ha descrito su estancia en Libia como especialmente dura. "Numerosos testimonios de las personas rescatadas hablan de abusos sexuales, torturas y todo tipo de maltratos". Entre la veintena de nacionalidades que se encuentra rumbo a València hay casos que, a priori, son susceptibles de recibir protección internacional, pero otras no.

El gran despliegue de ONG y medios del Gobierno central y valenciano estudiarán uno a uno cada casa para determinar quién puede recibir esta protección internacional. En caso de no reunir los requisitos, serían considerados inmigrantes irregulares y, tras el plazo anunciado por el Gobierno, podrían ser expulsados del país, aunque también cabría la opción de que pudieran prorrogar sus estancia en España.

Según ha precisado Bernardo Alonso, los 45 días de permiso después de que los migrantes pasen los trámites documentales en el propio recinto portuario. A partir de ese momento, estarán tutelados por diferentes ONG y por parte del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

"Nadie sale de la zona de seguridad perimetrada sin que esté identificado", ha dicho Alonso, quien ha señalado al ser preguntado si traen consigo documentación que por el momento "ninguno ha presentado ninguna documentación" y "simplemente han manifestado la nacionalidad". Hay, ha apuntado, "un compendio de nacionalidades", ciudadanos "subsaharianos, asiáticos y magrebíes".

Ante la pregunta de si han detectado que alguno tenga una orden de expulsión anterior, ha indicado que lo están mirando. Sobre las peticiones de asilo, el inspector ha explicado que "hay un ofrecimiento por parte de las autoridades españolas de que todos tienen derecho a solicitar la protección internacional y se estudiará caso por caso, no es un tema que se pueda hacer generalidad, la gente que cumpla los requisitos se les dará el trámite legal oportuno". Respecto a si alguno va a ir a un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), ha respondido que podrían ir "los que se encuentren en determinadas situaciones" y dependerá de las circunstancias individuales, hablándolo con la autoridad judicial.

Los juzgados, preparados para la llegada

Los juzgados de Valencia ya está preparados para atender aquellas cuestiones sobre las que tienen competencia en relación con los migrantes del Aquarius, como tramitar las solicitudes de internamiento que pueda plantear la Policía respecto de estas personas.

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, existe tres supuestos en los que los juzgados pueden actuar cuando llegan inmigrantes, y que se podrían aplicar a partir de la llegada, aunque parece que este permiso especial de residencia podría retrasar estos escenarios.

Uno de ellos es tramitar y acordar el internamiento de personas en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) mientras se tramita su expulsión. Esta decisión debe acordarla un juez, pero solo se actúa en caso de que la Policía lo solicite.

Por otra parte, los juzgados, en este caso de lo contencioso administrativo, también intervienen cuando haya que acordar el internamiento o aislamiento de una persona que tenga alguna enfermedad infectocontagiosa. En este caso, el juzgado sería el encargado de adoptar una medida cautelarísima de aislamiento de esta persona.

Por otra parte, los juzgados de familia intervendrían también en los supuestos en los que haya que proteger a algún menor, como por ejemplo, cuando los progenitores o acompañantes se negaran a que se les realizara alguna prueba de filiación o médica que se considere necesaria.

El Decanato los Jugados de Valencia ha mantenido diversas reuniones para tener coordinado y preparado este dispositivo en caso de que sea necesario, y poder ofrecer una respuesta judicial homogénea en función de las circunstancias de cada persona afectada.

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