El "infierno" de una mileurista con cinco contratos a la que deniegan la prestación por un embarazo de riesgo
Una empleada de la limpieza en Antequera ha tenido que pedir una baja médica común temporal, con pérdida de salario, porque la mutua de dos de sus empresas rechaza que su gestación corra el peligro que otra sí le ha reconocido.
Contactada por 'Público', Asepeyo, la empresa que rechaza darle la prestación por riesgo durante el embarazo, declina informar sobre la situación de esta trabajadora amparándose en la Ley de Protección de Datos Personales.

Sevilla--Actualizado a
La precariedad aprieta y, a veces, hasta ahoga. Una empleada de la limpieza, que debe trabajar en cinco empresas para llegar a un sueldo de mil euros al mes, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, tiene que afrontar ahora un embarazo de riesgo sin percibir la prestación de la Seguridad Social que aporta en estos casos el 100% de sus ingresos durante la baja. La mutua de dos de sus empresas no se la ha reconocido, algo que, en cambio, sí ha hecho otra entidad. "Es inhumano lo que están haciendo", ha dicho a Público.
Patricia, que prefiere que no aparezca su apellido, tiene 32 años y trabaja desde hace 13 en el sector de la limpieza en Antequera, municipio del norte de la provincia de Málaga con algo más de 41.000 habitantes. Antes trabajaba en una fábrica de mantecados y en otros empleos, que solo le daban sustento por temporadas. Por eso buscó algo más estable, un sueldo todos los meses, lo que busca todo el mundo. Y ella lo encontró en la limpieza.
Sin embargo, los contratos que le hacen en ese sector son por horas: dos en una empresa, tres en otra, cinco en otra más, con jornales que oscilan entre los 5 y los 7 euros la hora. De modo que Patricia ha tenido que acumular hasta cinco contratos, fijos discontinuos, para reunir al menos mil euros al final de mes. Con ese salario ha de hacer frente, entre otras cosas, al gasto del coche con el que se desplaza de una punta a otra de Antequera para cumplir su jornada limpiando oficinas, talleres, clínicas, supermercados, tanatorios y otros establecimientos. Y a ello se sumarán dentro de poco los gastos del bebé que está esperando. "Tengo que buscarme las habichuelas, porque con una sola empresa ganaría 100, 200 euros, nada más", explica.
La precaria situación de esta trabajadora se complicó un poco más precisamente cuando se quedó embarazada y empezó a tener vómitos continuos y mareos que le impedían hasta coger el coche. "Tenía muchas ansias, un malestar muy grande, miedo de estrellarme con el coche", recuerda. Y el pasado mayo, al tercer mes de embarazo, su médica le dio la baja, que se prolongó hasta finales de septiembre.
El 25 de ese mes, Patricia recibió la llamada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para advertirle de que le habían vuelto a dar de alta, aunque ella, asegura, seguía encontrándose mal y llevando el embarazo con muchas dificultades. Su médica de cabecera le dijo entonces que no podía hacer nada tras la decisión adoptada por la Inspección, es decir, que no podía concederle una nueva baja, aunque la trabajadora siguiese teniendo problemas de salud a causa de la gestación.
Patricia, que había superado ya las 30 semanas de embarazo, comunicó entonces su situación a las empresas para las que trabaja, las cuales, según ella, decidieron concederle el mes de vacaciones anual que no había cogido por su baja y trasladar a sus respectivas mutuas que iniciasen la tramitación de la prestación por riesgo durante la gestación que tramita el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de esas entidades colaboradoras.
Dos resoluciones completamente opuestas
El 27 de octubre, el pasado lunes, terminaron sus vacaciones y Patricia tendría que haberse reincorporado al trabajo en sus cinco empresas. Sin embargo, dos mutuas, contratadas por tres de esas empresas, emitieron sendas resoluciones con una conclusión completamente opuesta: una de las entidades, MC Mutual, la reconoció como beneficiaria de la prestación por riesgo durante el embarazo y la otra, Asepeyo, se lo denegó, tal como ha podido comprobar Público.
El certificado de MC Mutual, firmado por una médica, refiere que Patricia presenta riesgo durante el embarazo a partir de la semana de gestación 32, según se desprende de la información que consta en el expediente y conforme a lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 295/2009 que regula las prestaciones económicas de la Seguridad Social para estos casos, y conforme también a las directrices para la evaluación de los agentes químicos, físicos y biológicos, procedimientos y circunstancias laborales, considerados peligrosos para la salud de la gestante y/o feto establecidos en la Guía Médica de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia elaborada para tal fin.
Por su parte, el de Asepeyo, firmado por un médico, concluye que los riesgos o patologías que pueden influir negativamente en la salud de esta trabajadora de la limpieza o en la del feto "no están relacionados con agentes, procedimiento o condiciones del puesto de trabajo", por lo que se le deniega la emisión del certificado médico para la concesión de la prestación. Únicamente considera procedente que se le conceda una baja por contingencia común, que acarrea una merma de su salario y cotizaciones a la Seguridad Social. "Se informa que no cabe iniciar el procedimiento para la obtención del subsidio de riesgo durante el embarazo", concluye la resolución de la mutua, contratada por dos de las empresas para las que trabaja Patricia.
La prestación por riesgo del embarazo permite a la trabajadora percibir el 100% de su base reguladora y su gestión y pago corre en este caso a cargo de la mutua que la empresa tiene contratada para la cobertura de riesgos profesionales. Por el contrario, la baja médica por contingencia común acarrea no cobrar nada durante los tres primeros días y, a partir del cuarto día, recibir el 60% de lo cotizado en el mes anterior y finalmente el 75%. En su caso, con la baja, Patricia dice haber pasado a cobrar entre 600 y 700 euros al mes. Un "gran recorte", recalca ella, cuando ya tienes un sueldo mileurista que está incluso por debajo del SMI.
"Me han dejado sola y desprotegida"
Pero hay más consecuencias. La baja médica por contingencia común reducirá también el dinero que percibirá esta trabajadora durante la baja por maternidad cuando nazca su hijo, debido a que sus cotizaciones previas serán menores que en el caso de haberse beneficiado de la prestación por riesgo de embarazo.
"Esto a mí me ha supuesto perder en salarios y en derechos, porque algunas mutuas lo que han hecho es ahorrarse el dinero. Y eso me parece fatal. Yo estoy con ansiedad, fatal, porque he tenido que pedir un mes de vacaciones para que me arreglaran esto y al final me lo han denegado. Me han dejado sola y desprotegida, queriendo que me incorporara al trabajo con 33 semanas de gestación y en el estado en que me encuentro", dice Patricia.
Asepeyo, preguntada por este periódico, ha declinado informar sobre la situación de esta trabajadora por la Ley de Protección de Datos Personales, al considerar que se trata de una "información especialmente sensible". Esta mutua se ha limitado a enunciar la normativa que regula la prestación económica por riesgo durante el embarazo, que señala que la situación protegida es el periodo de suspensión del contrato de trabajo en los casos en que, debiendo cambiar de puesto a uno compatible con su estado, no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
"Se ha de tener en cuenta que la situación de riesgo durante el embarazo para quedar cubierta por el subsidio, el riesgo o patología debe estar relacionado con agentes, procedimientos o condiciones del trabajo o la actividad desarrollada, pues en caso contrario se estaría en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes", tal como dispone el artículo 31.2 del real decreto de 2009, añade Asepeyo.
En España, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se registraron el año pasado 65.030 procesos finalizados de prestaciones por riesgo de embarazo, con una duración media de 91 días, gestionados en su mayoría (61.373) por las mutuas colaboradoras. De todos ellos, 3.148 correspondieron a la provincia de Málaga. Y en lo que va de 2025, se han alcanzado las 38.626 prestaciones en todo el estado.
Renovar la baja cada semana hasta el parto
Patricia alega que su trabajo implica el manejo de productos químicos de limpieza, como el amoníaco, que pueden ser perjudiciales para su embarazo, la carga de cubos de agua y de basura, agacharse, subir y bajar escaleras con frecuencia, y realizar continuos desplazamientos en el coche para ir de una empresa a otra, que, debido a su estado, ya no puede conducir.
Y el problema es que a esta trabajadora aún le queda alrededor de mes y medio hasta el parto. El martes, su médica de cabecera le firmó otra baja clínica por contingencia común porque aportó un informe de la Inspección de Trabajo que certifica que está estudiando el caso tras conocer que le ha sido aprobada la prestación por riesgo de embarazo en una mutua y denegada en otra. Pero esa baja es por solo siete días, la tiene que renovar cada semana. Así que Patricia no tiene ninguna certeza de que será permanente hasta que dé a luz, ninguna garantía de que, en algún momento, se la denieguen y deba volver a acarrear cubos, subir escaleras y manejar productos químicos de limpieza en sus cinco empresas para no perder el trabajo.
"Esto se está convirtiendo en un infierno, pensar que tenga que volver a trabajar y me pase algo a mí o mi bebé, siendo mi primer embarazo. Es inhumano lo que están haciendo. Ya he tenido que ir al hospital dos veces por el estrés, por la ansiedad que me está causando todo esto", asegura Patricia.
El secretario de Organización de CGT Andalucía, Ceuta y Melilla, Miguel Montenegro, acompañó a Patricia el lunes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, donde, según este responsable sindical, calificaron como "una situación dantesca" la situación de la trabajadora.
"Esto en el sindicato no lo habíamos visto nunca antes. Y en Inspección de Trabajo también se echaron las manos a la cabeza cuando les explicamos el caso. Por eso nos han requerido que se lo presentemos por escrito para hacer ellos un informe y luego lo utilizaremos para interponer una demanda en el juzgado", ha explicado Montenegro a Público.
Este caso es "una aberración"
CGT considera que el caso de Patricia "es una aberración", que demuestra que las mutuas no cuidan de los trabajadores y actúan como "mercenarias de la medicina y como un negocio". "Deberíamos erradicar que haya tanto negocio en torno a la salud de los trabajadores", subraya su secretario de Organización en Andalucía, quien califica como "alarmante" que esto suceda, además, con una mujer con un embarazo de riesgo que debe requerir la máxima protección.
Todavía queda una mutua que debe resolver si aprueba conceder a Patricia la prestación por embarazo de riesgo. Según la trabajadora, no ha recibido hasta esta semana la cita para el reconocimiento médico en Fremap, la compañía a la que está adherida otra de las empresas de la limpieza en la que está contratada la trabajadora.
Una portavoz de esa empresa ha dicho a este periódico que la mutua no ha citado a Patricia hasta ahora porque la trabajadora no les había comunicado su embarazo hasta la semana 30 de gestación, tras haber concluido su baja médica en septiembre. Fue en ese momento, asegura, cuando hicieron la gestión para la adaptación de su puesto y lo comunicaron a Fremap para la tramitación de la prestación por riesgo en el embarazo.
Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios constituidas mediante autorización del Gobierno e inscripción en un registro especial dependiente de la Administración del Estado. Su finalidad, según la normativa que las regula, es colaborar en la gestión de la Seguridad Social, bajo su dirección y tutela, sin ánimo de lucro y asumiendo sus asociados responsabilidad mancomunada.
El real decreto que regula la prestación por riesgo de embarazo, aprobado durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, eliminó la exigencia de cumplimiento de un periodo previo de cotización para la obtención de esa prestación y aumentó su cuantía del 75% de la base reguladora correspondiente a las contingencias comunes al 100% de la base reguladora correspondiente a las profesionales. Además, concedió su gestión a la entidad gestora o la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con la que la empresa o la trabajadora por cuenta propia tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.




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