Este artículo se publicó hace 3 años.
La Justicia sentencia que el Govern discriminó a policías y guardias civiles durante el proceso de vacunación
La sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya condena a la Generalitat por su "falta total de iniciativa" para vacunar a los agentes destinados en Catalunya y la acusa de "retrasar" su inmunización.
Barcelona-Actualizado a
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la Generalitat por el "trato injustificado y discriminatorio", según afirma la sentencia, que tuvo con los policías nacionales y los guardias civiles durante la vacunación de la covid-19 respecto a los Mossos d'Esquadra.
La sentencia estima el recurso que presentaron la Asociación de la Guardia Civil, Justicia Civil (Jucil) y Justicia Policial (Jupol) contra la Conselleria de Salut. En abril, los sindicatos policiales presentaron un recurso exponiendo que en el proceso de vacunación, gestionado por las comunidades autónomas, no se vacunó en Catalunya a agentes de la Policía Nacional ni de la Guardia Civil, "salvo a aquellos que, además de estar en activo o en reserva, tuvieran una edad de entre 60 y 65 años".
Ahora, en su sentencia, la sala contenciosa administrativa del TSJC condena al Govern por su "falta total de iniciativa" para vacunar a los policía y guardias civiles destinados en Catalunya y la acusa de haber "retrasado" la inmunización de estos agentes.
La Generalitat de Catalunya negó en su momento discriminación y aseguró que "fueron acontecimientos ajenos a ella las que provocaron que la vacunación se produjera al ritmo que se expresa", como la dificultad para comunicar los datos y la paralización en su momento para vacunar con AstraZeneca.
Al valorar los argumentos, los jueces señalan que el documento de Estrategia de Vacunación frente al Covid-19 en España preveía una posición prioritaria en el orden de vacunación para policías y otros servicios de emergencias, y remarca que este plan "no establece diferenciación alguna entre los cuerpos" por ser estatales o autonómicos.
Por todo, los jueces llegan a "la conclusión de que la administración autonómica no dispuso de la misma voluntad y empeño en la protección sanitaria de los cuerpos nacionales respecto de los internos".
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