Nueva Ley Antitabaco: en qué lugares ya no se podrá fumar y cuándo entra en vigor
El Gobierno aprueba el anteproyecto de la ley que ha ampliado las zonas sin tabaco.

Madrid--Actualizado a
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 9 de septiembre el Anteproyecto de la Ley Antitabaco, la cual modifica la actual Ley 28/2005. El objetivo es reforzar la protección de la salud de la población y adaptar la normativa a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos de tabaco y relacionados.
Esta reforma entra dentro del desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, dando respuesta tanto a la evidencia científica acumulada, como a las propuestas recogidas durante el proceso de consulta pública.
Además, este anteproyecto está destinado a fortalecer la prevención, proteger a los colectivos más vulnerables (niños, personas mayores o embarazadas, entre otros), y ofrecer mayor claridad jurídica frente a la proliferación de los nuevos productos relacionados con el tabaco que, hasta la fecha, no estaban regulados ni adaptados a su naturaleza.
Cuándo entra en vigor
La llegada de esta nueva Ley Antitabaco marca un precedente en la agenda sanitaria de este año 2025. Al ser aprobada en el Consejo de Ministros, el siguiente paso es su tramitación parlamentaria, donde se espera que los diferentes partidos políticos debatan el anteproyecto.
Una vez den luz verde al anteproyecto en el Congreso, la nueva reforma de Ley entraría en vigor los próximos meses.
En qué otros lugares estará prohibido fumar
Uno de los cambios que han incluido en el anteproyecto es la inclusión de una definición y regulación específica para los productos relaciones con el tabaco. Se trata de artículos cuya presencia en el mercado y su consumo, especialmente entre la población joven, ha aumentado considerablemente en los últimos años.
Y es que, aunque estos productos no siempre contienen nicotina, están vinculados directamente con el acto de fumar o inhalar, además de aumentar el riesgo de fumar tabaco convencional. Hasta el momento, estos productos no contaban con un marco normativo claramente establecido a nivel nacional.
El texto de nueva reforma incluye todos los cigarrillos electrónicos o vapers, con o sin nicotina, así como todos sus componentes; las bolsitas de nicotina para uso oral; los productos a base de hierbas empleados para fumar, vaporizar o inhalar; y cualquier dispositivo para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados. Todos estos artículos estarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional.
Estará, por tanto, prohibido fumar o utilizar cualquiera de estos productos en los espacios públicos cerrados, así como en una lista ampliada de entornos exteriores, como:
Terrazas de bares
Recintos donde se desarrollen espectáculos públicos
Instalaciones deportivas
Parques infantiles
Estaciones de transporte
Centros educativos
Por supuesto, queda totalmente prohibida la venta a menores de edad y, por primera vez, el consumo de productos con o sin nicotina por parte del colectivo, una medida que refuerza la protección a la infancia y adolescencia.
También está prohibida toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, directa o indirecta, en cualquier medio de comunicación, incluido el ámbito digital y redes sociales; así como la obligación de señalización clara en los espacios donde se prohíbe su uso o consumo.
Todos los productos que contengan nicotina o similares estarán obligados a un etiquetado claro. Por último, se aplicará un régimen sancionar específico (infracciones, sanciones económicas y responsabilidades) a todas aquellas personas que incumplan la Ley.
Otras prohibiciones
El anteproyecto aprobado este martes por el Consejo de Ministros incluye nuevas prohibiciones que responden, tanto a la evidencia científica, como a la demanda social.
Entre ellas se encuentra la prohibición de tabaco y productos relaciones por parte de menores edad, y amplía la protección, que hasta ahora se limitaba a la venta o entrega.
También se prohíbe la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso, tanto por el impacto medioambiental que tienen, como por su fácil acceso por parte de la población joven.
La Ley ha ampliado los espacios donde está prohibido fumar, e incorpora nuevos entornos de uso colectivo, tanto en interiores, como al aire libre, en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea, entre los que se encuentran:
Exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales
Parques infantiles y zonas culturales y deportivas
Terrazas de bares, estaciones de transporte, espectáculos y conciertos al aire libre
Vehículos de transporte con conductor
Estas medidas van en consonancia con los objetivos del Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y con el Código Europeo contra el Cáncer, que promueven reducir significativamente la prevalencia del tabaquismo antes del año 2040.
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