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El Supremo retira la sanción a un guardia civil que trabajaba como DJ por "pura afición"

Recurso del abogado del Estado

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Agentes de la Guardia Civil en un cuartel. EFE

MADRID.- El Tribunal Supremo ha confirmado la suspensión de la sanción de empleo durante tres meses y un día impuesta por el Ministerio de Defensa en mayo de 2014 al guardia civil Pedro Antonio B.P. al considerar que compatibilizó su empleo con el de DJ en dos pubs de Valencia por "pura afición" y que, por tanto, y en contra del criterio del abogado del Estado, no merece castigo.

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Pedro Antonio B.P. fue 'pillado' trabajando como pinchadiscos en dos locales de ocio en Valencia a través de una información reservada instruida por otros hechos. En dicho informe, aparecía su imagen en una publicidad de estos locales donde el guardia civil era presentado como "DJ residente". "Lo que significa", precisaba Defensa, "que es habitual en la discoteca".

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Recurso del abogado del Estado

Por ejemplo, el abogado del Estado sostenía que el hecho de que no pidiera una rectificación inmediata de la publicidad en la que este guardia civil aparecía como "DJ residente" es una prueba de su "conformidad con esa publicidad".

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