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El TSJ vasco rechaza el recurso de Irune Costumero contra los servicios sociales por usar el Síndrome de
Alienación Parental

Costumero afirma sentir "una profunda vergüenza" por la Justicia vasca y denuncia el "negocio" que se realiza con la retirada de custodias de los menores. Ha anunciado que recurrirá la decisión ante el Tribunal Supremo. 

Irune Costumero, hace unos días.
Irune Costumero en una imagen de archivo.  MITXI

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso de apelación presentado por Irune Costumero contra la sentencia que en junio pasado absolvió a cuatro funcionarios de la Diputación Foral de Bizkaia de los delitos de prevaricación, malos tratos y lesiones psicológicas por retirar la custodia de la hija de Costumero, aplicando el inexistente Síndrome de Alienación Parental (SAP) y hacerlo sin autorización judicial.

La sentencia, que lleva fecha del pasado día cuatro de noviembre pero que se ha dado a conocer este lunes, desestima los tres argumentos esgrimidos por la defensa de Costumero en relación al quebrantamiento de las normas de garantías procesales y errores y omisiones en la determinación de los hechos probados. 

La Audiencia de Bizkaia absolvió en junio pasado a los cuatro acusados al considerar que los hechos "no resultan incardinables en el delito de prevaricación administrativa" y que "no se ha practicado prueba suficiente para dar por acreditados" los otros dos delitos de los que eran acusados los cuatro funcionarios. Quienes se sentaron en el banquillo de los acusados fueron al actual diputado de Acción Social de Bizkaia, Sergio Murillo, a la jefa de Recepción y Valoración de Infancia, María Antonia Giner, a la jefa del Servicio de Infancia, Consuelo Alonso, y a la trabajadora social Maika Urutxurtu. Para ellos se pedían penas que llegaban a los 15 años de prisión.

Entre las acusaciones estaba la de haber aplicado Costumero el falso Síndrome de Alienación Parental, una supuesta patología que no está reconocida por ninguna institución médica ni psiquiátrica de prestigio y que está desaconsejada por el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En septiembre pasado, la ley contra la violencia en la Infancia aprobada en el Parlamento, estableció la prohibición de utilizar esa supuesta patología en los juzgados españoles. 

Ahora, el TSJPV reafirma la sentencia exculpatoria de la Audiencia Provincial y rechaza los argumentos de Costumero, que, entre otras cosas, denunció que el audio en el que se escuchan los gritos de su hija en el llamado arrancamiento (apartar a la hija de la madre de forma violente y con grave sufrimiento psicológico tanto para la niña como para Costumero) no hubiese sido escuchado en su totalidad durante el juicio en la Audiencia Provincial. El auto de la Sala Civil y Penal del TSJPV, presidido por el magistrado Iñaki Subijana, afirma que "la prueba fue practicada, escuchándose partes aleatorias de la grabación al no haber concretado la parte proponente las partes que consideraba relevantes".

Finalmente el TSJPV considera que "no se ha declarado probada la conducta violenta de Maika Uruxturtu" (quién se llevó a la niña) y "no se considera probados los padecimientos psicológicos de la madre y de la hija a pesar de las periciales practicadas en el acto del juicio".

Costumero afirma que no tuvo un juicio ajustado a derecho. De hecho, durante el juicio de la Audiencia Provincial que absolvió a los cuatro acusados, la fiscal asignada a la vista realizo en varias ocasiones una defensa del Síndrome de Alienación Parental, afirmando que "sí existe"

"Siento profunda vergüenza por la justicia del País Vasco"

"Siento una profunda vergüenza por la injusticia que hay en el País Vasco, que solo mira por los asientos y puestos de trabajo de personas del PNV. No esperaba menos del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco porque son el mismo perro con distinto collar. Está claro que van a por mí invisibilizando una vez más a mi hija y lo hacen porque he abierto la caja de Pandora del negocio que tienen montado entorno al robo de niños", ha declarado Costumero tras conocer el contenido de la sentencia.

Costumero tambíen denunció la implicación de "muchísima gente que está en este negocio en torno a los niños y niñas del País Vasco, con empresas privadas, como es Bizgarri, con instrumentos de obligado cumplimiento como es el Valora [una ley Foral] que dentro tiene el SAP que está prohibido por ley".

"Es indignante que no miren por una niña que en enero va a cumplir diez años y que lleva cinco alejada de su hogar. Es indignante que en esta tortura institucional a la que están sometiendo una vez más a mi hija la sometan a años de espera resolución tras resolución", añadió.

Irune Costumero anunció que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo y afirmó que tiene una gran confianza en dicho tribunal "porque es fuera de aquí y espero que miren por mi hija y que se haga justicia".

Tirón de orejas de la ONU

El caso de Irune Costumero ha inquietado a la Relatora Especial contra la violencia hacia la mujer de Naciones Unidas. El 25 de septiembre del año pasado, la relatora realizó un duro escrito a España en el que pide explicaciones al Estado español por el caso de Irune Costumero y su hija a la que los servicios  sociales de la Diputación de Vizcaya arrancaron de su lado de forma violenta el 4 de agosto de 2017. 

En el escrito, la relatora de Naciones Unidad expresa su "profunda preocupación por la integridad física y mental" de la señora Costumero y de su hija, y llaman la atención a España sobre la necesidad de aplicar los estándares y normas internacionales "que protegen los derechos que se les están vulnerando a las víctimas mencionadas".

"Nos preocupa que muchas decisiones administrativas y judiciales reflejan una interpretación discriminatoria de la legislación nacional por parte de los operadores de justicia pero también por parte de trabajadores sociales, basadas en prejuicios y estereotipos de género", afirma el escrito.

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