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Los jueces anulan la contrata del bus urbano de Zaragoza y abren la puerta a su rescate

El Tribunal Superior de Justicia tumba la adjudicación al concluir que fue un concurso a medida para que lo ganara una multinacional mexicana, censura las irregularidades para apartar la licitación a la cooperativa de los trabajadores y añade que su oferta “conlleva solvencia” para poder gestionarla

La contrata del autobús urbano conlleva una factura de más de 700 millones anuales en la que el ayuntamiento paga la parte que no cubren los billetes de los usuarios.

EDUARDO BAYONA
@e_bayona

ZARAGOZA .- La contrata del autobús urbano del Ayuntamiento de Zaragoza, la principal con un presupuesto de más de 700 millones en diez años, está en el aire. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de anular tres cláusulas del concurso que tramitó en 2013 el anterior equipo de gobierno municipal (PSOE) y, en la práctica, obliga a repetir la licitación: el consistorio convocó un concurso a medida para que Auzsa (sucesora de Tuzsa y filial de la multinacional ADO) se llevara la contrata y, al mismo tiempo, puso trabas que la ley no admite para eliminar a la cooperativa que los trabajadores de la anterior concesionaria crearon para pujar.

La resolución supone un aval a los planteamientos a favor de la remunicipalización de servicios públicos mediante cooperativas de trabajadores que plantea el actual equipo de gobierno de Zaragoza en Común (ZeC), que se ha convertido en uno de los ejes de debate de esta legislatura, y refuerza con argumentos jurídicos otros posicionamientos anteriores, en el mismo sentido, como los criterios económicos del Tribunal de Cuentas.

“El concurso queda anulado y se debe repetir porque no se dio cabida a otras fórmulas como la cooperativa de trabajadores y estaba preparado para que lo ganara una empresa”, señaló este domingo el concejal de Economía y portavoz del equipo de gobierno municipal, Fernando Rivarés, que se mostró partidario de valorar la sentencia “con calma y con sosiego, pero con prontitud”.

Tras insistir en que “el servicio y la plantilla no corren ningún peligro”, anotó que la sentencia “abre caminos insospechados” y puede tener “consecuencias graves en muchos sentidos”. Una es el eventual rescate del contrato. Otra, la obligación de indemnizar a la cooperativa si esta lo reclama. Hay más. “Las cosas ya se han hecho mal bastantes veces, vamos a hacerlas despacio y bien entre todos. Lo único que no nos conviene es correr”, añadió.

“El acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”

Los trabajadores impugnaron la adjudicación municipal ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, que desestimó su reclamación. Recurrieron esa decisión ante el TSJA, que les ha dado la razón, que ha anulado la obligación de crear una sociedad anónima que establecía el concurso; requisito que, por otra parte, tanto el ayuntamiento como la multinacional admitieron que no está amparado por ninguna norma española o comunitaria.

“Desde luego, lo que no parece justificado es que se obligue a modificar la forma societaria de cooperativa en sociedad anónima bajo la justificación de evitar la existencia de entramados societarios”, señalan los magistrados, que recuerdan que “no es libre la Administración para imponer una determinada forma societaria, por la autonomía de la voluntad”.

Poner trabas a una cooperativa, añaden, es contrario al principio de libertad de empresa que recoge la Constitución “y se coloca enfrente del deseo del poder constituyente que pretendió el fomento de las sociedades cooperativas y el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.

El TSJA, por otro lado, considera injustificadas otras condiciones de la contrata, como haber gestionado durante cuatro años un servicio similar al de la capital aragonesa: transportar 40 millones de pasajeros en un año o recorrer 8 millones de vehículo kilómetro en un contrato, u 80 y 16 en varios. “Exigir experiencia exclusiva de un solo tipo de contrato de transporte (…) es un trato discriminatorio y no proporcional, siendo una barrera infranqueable y constituyendo un trato desigual a los licitadores”, señala la sentencia, que añade que “el hecho de que se trate de un contrato complejo no justifica esa exclusión”.

Ser trabajador “conlleva solvencia” para pujar por la contrata

La resolución va más allá, ya que considera que una cláusula “tan exigente” crea “una situación de ventaja y contraria a la normativa” a favor de la multinacional. Y da explícitamente la razón a los trabajadores cuando sostienen que, en esas condiciones, “es difícil que haya otras empresas que pueden presentarse a la licitación, convirtiendo la concesión en una práctica monopolística y evitando los beneficios que la libre competencia conlleva”.

El tribunal, que considera “contrario al principio de participación más amplia” exigir “solo la experiencia de la gestión de un contrato” similar, ve “claro también que con otra acreditación técnica y profesional también se puede prestar el mismo servicio”. Y, en este sentido, indica que “haber sido trabajador de la empresa de transportes”, como lo eran los miembros de la cooperativa, “conlleva solvencia” para acceder a la contrata. De hecho la cooperativa incluía a empleados de gestión, administración y mantenimiento, además de conductores.

La sentencia coincide en el tiempo con la decisión de ZeC, anunciada el jueves, de no prorrogar la contrata del mantenimiento de los parques y jardines municipales, que vence el 31 de diciembre de 2017 y que presta la multinacional FCC con una plantilla de 220 trabajadores. La empresa acumula media docena de expedientes sancionadores en los últimos ocho meses.

La resolución da la razón a los trabajadores de Auzsa, que reclamaron durante la reciente huelga del bus urbano al equipo de ZeC el rescate e intervención de la contrata. Y llega mientras la Audiencia Provincial de Zaragoza estudia si ordena la reapertura o avala el sobreseimiento de la causa penal abierta por el pago de 153 despidos de Auzsa con cargo a las arcas municipales.

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