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Apostatar es un derecho

Una sentencia obliga por primera vez a la Iglesia a borrar un nombre de su registro de bautizos

DIEGO BARCALA/Madrid

La Justicia reconoció ayer por primera vez el derecho de una persona a ser borrado del registro de los que profesan la fe católica. Una sentencia de la Audiencia Nacional dio un plazo de 10 días al Arzobispado de Valencia para borrar de su archivo de bautizados a Manel Blat, un ciudadano de Valencia que había reclamado su derecho a apostatar. La diócesis que dirige el arrzobispo Agustín García Gascó manifestó su intención de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia Nacional considera 'claramente insatisfactoria' la respuesta que el Arzobispado de Valencia dio en diciembre de 2005 a Manel Blat, para negar su derecho a no figurar en ningún registro bautismal. El auxiliar del arzobispo, monseñor Rafael Sanus, único que contestó a la petición de Blat, argumentó que su intención era innecesaria, puesto que la decisión de apostatar es personal y no precisa darse de baja en ningún registro bautismal, según describe el propio afectado.

La sentencia explica que el argumento del Arzobispado no es válido 'desde la perspectiva del respeto a su derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal'. La diócesis considera que un Libro de Registro bautismal sólo recoge hechos.


Un 94% de bautizados

La resistencia de la diócesis de Valencia reafirma las teorías de las asociaciones de apostasía. Estos colectivos creen que un proceso legal correcto menguaría de manera considerable las estadísticas de católicos en España. Según el barómetro del CIS del pasado junio, el 77% de los españoles se considera católico, frente al 94% ha pasado por la pila bautismal.

La resolución explica que los registros bautismales 'constituyen al menos una apariencia de pertenencia a la Iglesia católica por lo que es legítimo que quien se sienta inquietado por el contenido de dicho asiento, en ejercicio de su libertad de conciencia', quiera dejar de formar parte de ella. Este argumento, unido al derecho a la libertad religiosa, obliga por vez primera a la Iglesia a restar un miembro a su cebada estadística de fieles católicos.

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