Público
Público

La Fiscalía ve constitucional el recorte de sueldo a los funcionarios

Considera que la rebaja media del 5 % no vulneró el derecho fundamental a la negociación colectiva y a la igualdad

EFE

El Ministerio Fiscal considera constitucional el recorte salarial decretado en mayo de 2010 por el Gobierno para los empleados públicos, ya que a su entender esta rebaja media del 5 % no vulneró el derecho fundamental a la negociación colectiva y a la igualdad. En los escritos presentados ante el Tribunal Constitucional, la Fiscalía solicita que se rechacen las cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por la Audiencia Nacional, ya que son 'notoriamente infundadas' e incurren en varios casos en 'falta de cumplimiento' de algunos requisitos procesales.

Desde octubre, la Audiencia Nacional ha analizado el recorte de salarios de empleados públicos, como los de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE), Autoridades Portuarias y Puertos del Estado, y la Radio y la Televisión Autonómica Andaluza.

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron que el régimen de los funcionarios es diferente del de los empleados públicos, por lo que no veían 'constitucionalmente posible' que se pudiera suspender, modificar o suprimir un convenio colectivo durante su vigencia mediante un decreto ley como el aprobado por el Gobierno. Así, justificaron que esos cambios en los convenios colectivos afectan 'al contenido esencial' del derecho a la negociación colectiva y a la libertad sindical, lo que 'está vedado por la Constitución'.

En cambio, el Ministerio Público alega que en la determinación de los salarios de los convenios colectivos de empresas públicas, 'la negociación viene restringida por la ley'. 'Mal se puede afirmar', en opinión de la Fiscalía, que el real decreto de 20 de mayo haya afectado al derecho a la negociación colectiva, pues se entiende que dichas variaciones se recogieron en una reforma de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y ello respeta la Ley que regula el Estatuto Básico del Empleado Público.

También recuerda que el principio de jerarquía normativa impide que los acuerdos sobre salarios prevalezcan sobre las normas con rango de ley. 'Es el convenio colectivo el que ha de adecuarse a lo previsto en las leyes, de tal modo que es el convenio el que debe respetar y someterse a la ley y a las normas de mayor rango jerárquico, y no al contrario', explica un escrito. Además, la Fiscalía alega que la propia Audiencia Nacional reconoció la legalidad de rebajar los salarios de los funcionarios, por lo que dice no entender que haga excepción con los empleados públicos, a los que el Gobierno también puede imponer estas medidas mediante un 'decreto-ley oportunamente convalidado' por el Parlamento.

Precisamente, el pleno del Congreso rechazó tramitar a finales del mes de mayo el real decreto-ley como proyecto de ley, porque hubiese conllevado alargar su aprobación definitiva y modificarlo a través de enmiendas.  Este real decreto-ley de medidas urgentes introdujo importantes recortes públicos para superar la crisis de deuda soberana y tratar de evitar ataques especulativos contra España.

Los jueces de la Audiencia Nacional también dudaron de la constitucionalidad de la decisión del Gobierno de no aplicar los recortes a los empleados de RENFE, ADIF y AENA y abogaron por excluir a todo el colectivo del personal laboral del recorte aprobado. Sin embargo, la Fiscalía recuerda que estas empresas ya estaban inmersas en procesos de reducción de plantilla, de modo que 'no nos encontramos con supuestos fácticos idénticos'.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias