Este artículo se publicó hace 16 años.
Principales datos del borrador de la reforma laboral
El Gobierno español publicó el viernes el borrador de la reforma laboral que presentará la semana que viene y que incluye medidas para abaratar el despido con aportaciones del Estado y del trabajador, fomentar la contratación y flexibilizar la jornada laboral.
A continuación, las principales novedades incluidas en el borrador de la reforma.
ABARATAR EL DESPIDO
- El Estado financiará 8 días por año trabajado de la indemnización con cargo a FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) para nuevos contratos de fomento de la contratación indefinida
Condiciones:
* contratos creados tras la entrada en vigor del Real Decreto de la reforma laboral
* contratos de al menos un año vida
* en caso de despido colectivo y/o objetivo
* se financia con cargo a cotizaciones de
empresarios a FOGASA
- Creación del Fondo de capitalización para contratos indefinidos
* El trabajador aporta un número de días (por
determinar) por año de servicio
* La indemnización por parte del empresario se
reduce en ese número de días
* El trabajador puede recurrir al fondo por despido, movilidad geográfica o formación
* El trabajador recupera las aportaciones con la jubilación
- Contrato de fomento de contratación indefinida
* Se amplían los beneficiarios a parados de
más de tres meses (el 75% del total)
* Condiciones de indemnización iguales a los
contratos indefinidos (20/45 días)
* Indemnización de 33 días: el empresario puede
forzar esta indemnización.
Se aplica a despido por causas objetivas que se demuestre improcedente por un juez o el empresario
* Agentes sociales y Gobierno revisarán la eficacia antes de 31 diciembre 2012
FOMENTO DE LA FLEXIBILIDAD INTERNA Y REDUCCIÓN DE JORNADA
- Cuando hay probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción:
* La empresa puede suspender trabajos o reducir jornada entre 10%-70% cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y número de afectados, durante no más de un año.
Los trabajadores afectados por reducción de jornada y salario recibirán un desempleo parcial.
* Sube la bonificación (al 80%) a la empresa con reducción de jornada que haga labores formativas
* Distribuir irregularmente tiempo y trabajo (dentro del
apartado de modificaciones sustanciales condiciones
trabajo)
* Posibilidad de no aplicar salarios de Convenios
Colectivos
* Se incorporan mecanismos negociadores
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