Este artículo se publicó hace 18 años.
El Supremo aplica la agravante de abuso de superioridad porque la víctima pesaba poco

El Tribunal Supremo (TS) ha elevado de doce años y seis meses a diecisiete años de prisión la condena impuesta a un hombre que mató a una amiga en Almería, al estimar que se le debe aplicar la circunstancia agravante de abuso de superioridad porque la víctima estaba enferma y sólo pesaba cuarenta kilos.
Así lo acuerda la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que estima el recurso interpuesto por los familiares de la fallecida contra la dictada por la Audiencia Provincial de Almería en noviembre de 2006.
Los hechos tuvieron lugar el 3 de octubre de 2003 cuando Roque Fernando G. se encontraba en la vivienda de la víctima y comenzó a discutir con ella porque quería usar su coche.
Según relata la sentencia, la discusión se agravó y el acusado golpeó a la mujer brutalmente y le asestó en la espalda una puñalada que le produjo la muerte.
La familia de la víctima recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial al estimar que las condiciones personales de la fallecida eran determinantes de su incapacidad de defensa, lo que respaldó el fiscal.
La resolución explica que en el informe de autopsia quedó constancia de las características personales de la víctima -baja estatura (1,60 metros), desnutrición y un peso de cuarenta kilos- y recuerda que la Audiencia no aplicó al acusado ninguna circunstancia atenuante ni agravante.
El Alto Tribunal argumenta que "la indefensión de la víctima también es relevante cuando el autor no ha creado o favorecido la indefensión, sino que ésta proviene de la especial constitución de la víctima".
Además señala que no se trata en este caso de un ataque sorpresivo, sino de la indefensión proveniente de la enfermedad de la víctima y de sus reducidas fuerzas para encarar su defensa aunque hubiera sido advertida de la agresión".
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