Este artículo se publicó hace 15 años.
El Supremo da la razón a los sindicatos en la subida del IPC
Casi 1,5 millones de trabajadores podrían conseguir un alza del 2% en 2009

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los sindicatos en la larga polémica sobre la aplicación de los convenios colectivos de 2009 y concluye que la subida salarial que corresponde a los pactos donde la referencia es la inflación prevista es del 2%.
La negociación colectiva del año pasado se rompió por las diferentes posiciones de patronal y sindicatos sobre la subida que se debía aplicar en los convenios. Los sindicatos pretendían seguir con la fórmula que había regido desde 2002 en las relaciones laborales, que suponía aceptar como inflación prevista aquella que se recoge en la Ley de Presupuestos Generales para subir las pensiones y las clases pasivas. Esto es, un 2%. Sin embargo, y debido también a que el Gobierno interfirió en el debate alegando en varias ocasiones que Economía no realiza "previsiones" sobre la materia, los empresarios se negaron a aceptar como buena la subida del 2%.
SogecableAhora el Supremo, según aseguran CCOO y UGT, da la razón a los sindicatos, en el caso concreto del grupo de empresas de Sogecable, al entender que el IPC previsto por el Gobierno en 2009 era un 2% y, por lo tanto, tal y como está estipulado en el convenio, esa es el alza salarial que la empresa debe aplicar.
En opinión del secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, la sentencia es "muy relevante" ya que marca el camino a seguir en los conflictos que siguen abiertos por las diferencias sobre el convenio en 2009. Según Ferrer, alrededor de 1,5 millones de trabajadores se podrían beneficiar de la sentencia del Supremo, ya que han denunciado la inaplicación de sus subidas salariales pactadas judicialmente y aún están pendientes de resolución.
De la madera a las conservasEntre las patronales más renuentes a la hora de cumplir lo pactado como IPC previsto están las siete organizaciones provinciales de la construcción en Andalucía. También varias organizaciones patronales del sector agrolimentario, de la madera, de las conservas vegetales y del sector servicios siguen sin aceptar que el IPC que se debía aplicar el año pasado era de un 2%.
El Supremo dice además que si finalmente la subida real de los precios es inferior a este IPC previsto, tampoco cabe lugar una rebaja de los salarios, a no ser que ambas partes lo hayan manifestado expresamente.
La referencia al IPC previsto se ha eludido en el reciente acuerdo de salarios para el próximo trienio, que en su lugar establece cifras concretas para las subidas y recuperar el poder adquisitivo con la inflación real pasada.
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