Este artículo se publicó hace 15 años.
Cerrado por la policía, abierto por el juez
Unos 30 casos contra sitios de enlaces a páginas P2P clausurados por las autoridades han sido archivados por los jueces, desde 2006
Si la descarga de archivos P2P desde páginas de enlaces fuera un partido de fútbol, la goleada sería de escándalo: de la treintena de web españolas que han pasado por los tribunales acusadas de violar derechos de propiedad intelectual, sólo una ha perdido (y porque hubo un acuerdo prejudicial).
"A día de hoy, unas 50 páginas están cerradas, en su mayoría después de tres operaciones diferentes", calcula el director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), José Manuel Tourné. En los próximos meses varios juzgados deben ver otra decena de casos, y las audiencias provinciales, varios más.
Dos de esas operaciones fueron tan espectaculares como baldías. la primera de ellas tuvo lugar el 8 de abril de 2006. Ese día, toda la prensa española se hizo eco del operativo Descargas en la Red . Un total de 17 páginas de enlaces P2P fueron bloqueadas y se detuvo a 15 personas. Pero, uno tras otro, los jueces han ido archivando las denuncias contra los responsables de 12 de ellas. En todo caso, discográficas, productoras de cine y autores han recurrido ante la audiencia provincial cada uno de esos archivos.
La segunda gran operación (cuya celebración recoge la fotografía) se dio a conocer el 28 de marzo de 2007. La policía actuó contra 21 sitios de enlaces que, según decía la nota oficial, "ofrecían el 40% de las películas de estreno y éxitos musicales pirateados de la toda la Red". Todos los casos siguen abiertos salvo uno, el de Elitedivx, que la Audiencia de Murcia acaba de ordenar reabrir , dando un respiro a la industria cultural.
El defensor de los responsables de Elitedivx, el abogado Carlos Sánchez Almeida , recuerda, en todo caso, se trata sólo de seguir con las investigaciones. "A ver si, de una vez, nos vemos las caras los abogados de las dos partes ante un juez y se discute a fondo". Como explica, "en todo lo que tiene que ver a sitios con enlaces P2P hay un vacío de jurisprudencia brutal".
En el ordenamiento jurídico español, es el Tribunal Supremo el órgano esencial de jurisprudencia en materia penal. El problema es que a este órgano solo llegan delitos graves y las penas en materia de propiedad intelectual no superan los cuatro años.
Un caso ante la Audiencia
Sólo en una ocasión ha llegado un caso de enlaces P2P a una Audiencia. Fue el del sitio Sharemule. Pero el 18 de septiembre de 2008 la Audiencia Provincial de Madrid comunicaba el sobreseimiento y archivo de la causa. La decisión acabó con un recurso tras el que estaba toda la industria del entretenimiento. La SGAE, Promusicae, EGEDA, las principales productoras y distribuidoras de Hollywood y hasta Microsoft estaban detrás.
La derrota de la industria cultural provocó además una especie de jurisprudencia de facto. Ante la ausencia de doctrina del Tribunal Supremo, la mayoría de los casos vistos desde entonces mencionan el auto de la Audiencia de Madrid. Todos, además, han sido archivados. Por ese motivo, el auto de la de Murcia ha provocado tanto revuelo.
Nunca se ha sentado en el banquillo de los juzgados españoles al dueño de una página de enlaces P2PPor raro que parezca, nunca se ha sentado en el banquillo de los juzgados españoles al dueño de una página de enlaces P2P. Todos los casos han sido archivados en su fase de instrucción. La excepción es la del caso Info PSP, visto la primavera pasada, pero aquí el responsable del sitio y la industria llegaron a un acuerdo que contó con el ok judicial. "Por eso las partes tienen ya ganas de que alguna denuncia llegue a verse en este tribunal", añade Sánchez Almeida.
Su colega David Bravo, que llevó y ganó el caso Sharemule junto a Javier de la Cueva, considera que la industria cultural tiene esta batalla perdida. "Se equivocan una y otra vez", asegura, en referencia a SGAE, FAP, EGEDA o Promusicae. Para Bravo, el archivo de un caso tras otro por parte de los jueces está muy buen apoyado en la legislación española. "Para que una denuncia por la vía penal prosperara debería demostrar que hay comunicación pública de la obra y ánimo de lucro. Esto último, además, se convierte en irrelevante cuando lo primero, la comunicación, no se produce ya que estas páginas no alojan los archivos", argumenta.
Por su parte, Tourné reconoce que por ahora van perdiendo. "Estamos haciendo derecho, las leyes siempre van por detrás de los avances tecnológicos", dice. Pero, aún así, no van a desistir del camino judicial como vienen haciendo desde hace años. Según sus cifras, desde 2004 se han perdido 400 pantallas y cerrado 4.000 videoclub. 2Sólo pedimos sentencias con rigor", explica.
Para Tourné, en Europa se están dictando sentencias como en EEUU, pero "en España las cosas son diferentes". Y alega tres motivos. Por un lado, la transposición de la directiva europea sobre Sociedad de la Información eximió a los responsables de servicios on-line de responsabilidad civil sobre el contenido si no tenían conocimiento de su ilicitud. Por otro lado, la dirección IP del ordenador es un dato personal protegido, lo que bloquea las demandas civiles. Por último, "mientras en el resto de países, la copia privada es considerada una excepción al derecho exclusivo del autor, aquí se ha convertido en un derecho del usuario", comenta Tourné.
El asunto de los enlaces y no el ánimo de lucro es el quid de la cuestion judicialEn la mayoría de los casos vistos hasta ahora,el asunto de los enlaces y no el ánimo de lucro es el quid de la cuestion judicial. Los abogados defensores, como Bravo, sostienen que los enlaces son simples cadenas de caracteres alfanuméricos, no el archivo en sí. "En todo caso, contra el que deberían de ir sería contra el usuario que intercambia, pero ningún juez lo aceptaría", apostilla Sánchez Almeida.
Desde la FAP, Tourné replica que equiparar al proveedor de estos enlaces con un buscador como Google es desconocer cómo trabajan los dueños de estas páginas web. "Que no nos digan que el P2P es como Google", añade.
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