Este artículo se publicó hace 15 años.
La tecnología P2P no viola las leyes antipiratería
El Tribunal Superior de Justicia de Osaka en Japón ha absuelto al creador de un programa de intercambio de archivos P2P
El Tribunal Superior de Justicia de Osaka, en el centro de Japón, ha absuelto al creador de un programa de intercambio de archivos P2P, porque considera que "esta tecnología tiene otros usos" distintos al tráfico de copias piratas. Isamu Kaneko, creador del programa P2P Winny, que permite el intercambio en internet de archivos, entre ellos música y películas, de forma gratuita, ha sido absuelto tras ser acusado en una instancia inferior por violar las leyes de propiedad intelectual, informó hoy el diario Asahi.
El Tribunal Superior de Osaka considera que "este software tiene varios usos y que esta tecnología (la P2P) debe ser considera neutral", con lo que desvincula su creación con el incumplimiento de las leyes antipiratería. Según la sentencia, Kaneko no promovió actividades ilícitas con el uso de su programa, a pesar de que era consciente de que este tipo de software tiene un alto riesgo de usos que inciden en violaciones de los derechos de autor.
Tras conocer la sentencia absolutoria, Kaneko dijo que "los programadores pueden respirar ahora con más tranquilidad". El fiscal del caso, Shigeru Ota, lamentó "profundamente" la sentencia y aseguró que estudiarán recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo de Japón. El programa Winny apareció en internet en 2002 de la mano de Kaneko, quien al año siguiente fue denunciado por favorecer que las personas se dedicaran a poner a disposición de los internautas juegos y películas.
En 2006, un tribunal de la ciudad de Kioto condenó a Kaneko a pagar 1,5 millones de yenes (11.500 euros) de multa por favorecer la violación las leyes de derechos de propiedad intelectual. El creador de Winny recurrió entonces la sentencia al considerar que suponía una amenaza para los programadores informáticos, mientras que la Fiscalía rechazó el fallo, ya que exigía que el acusado cumpliese un año de prisión.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.