Este artículo se publicó hace 2 años.
Balears multa a Ryanair con 24.000 euros por el cobro del equipaje de mano
FACUA denunció a la aerolínea en 2019 por el cambio de normativa que contradice la Ley de Navegación Aérea: "El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina los bultos del pasajero".
Madrid-Actualizado a
La Dirección General de Consumo de las Illes Balears ha impuesto una multa de 24.000 euros a la aerolínea por retirar la gratuidad del equipaje de mano en sus aviones. Esta sanción se debe a la denuncia a Ryanair que realizó la asociación FACUA-Consumidores en Acción en 2019 ante las 17 autoridades de protección al consumidor autonómicas.
Balears ha confirmado la multa y ha asegurado que se incurrió en en una infracción grave en materia de defensa de los consumidores y usuarios. Además, la Administración considera que la inclusión de una cláusula que habilita al cobro de un recargo por subir equipaje de mano a la cabina del avión debe reportarse como una práctica abusiva.
No solo lo ha reconocido Consumo de Balears, sino que también el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señala en el asunto C-487/12 que el "equipaje no facturado o equipaje de mano" se considera un "elemento indispensable del transporte aéreo", por lo que la compañía "viene obligada a transportarlo sin poder exigir ningún tipo de suplemento o sobrecoste". Además de la propia Ley de Navegación Aérea que, en su artículo 9, recoge: "El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo".
En 2018 la compañía de vuelos Ryanair decidió cobrar por el equipaje de mano un suplemento, haciendo que solo pudieras llevar un bulto que no excediese los 25x20x40. Los únicos pasajeros exentos de este pago son aquellos que hayan comprado sus billetes con la tarifa de Embarque Prioritario que, con un precio añadido, permite seguir subiendo al avión con los dos bultos y llevar ambos en cabina.
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