El BCE multa a Abanca con 187.650 euros por no desglosar sus riesgos climáticos
La entidad decidió el 1 de diciembre de 2023 exigir al banco gallego una evaluación de sus riesgos medioambientales. El banco incumplió la normativa durante 65 días el año pasado.

Fráncfort--Actualizado a
El Banco Central Europeo (BCE), a través de su rama de supervisión bancaria, impuso el año pasado una multa periódica de 187.650 euros a Abanca por no haber desglosado correctamente sus riesgos climáticos y medioambientales, según ha informado este lunes en un comunicado. El banco gallego puede recurrir la decisión del BCE ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Los supervisores del BCE han sido cada vez más intrusivos a la hora de sondear la exposición de los bancos al riesgo climático, primero dando a las entidades crediticias una lista de expectativas y luego decisiones vinculantes sobre divulgación y gestión del riesgo.
El BCE decidió el 1 de diciembre de 2023 exigir a Abanca, entre otras cosas, realizar una evaluación de sus riesgos relacionados por el clima y medioambientales. También incluía la posibilidad de multar periódicamente si no se cumplía con estos requisitos de desglose para el 31 de marzo de 2024. La entidad gallega controlada por el hispano-venezolano Juan Carlos Escotet incumplió la normativa durante 65 días el año pasado.
"A la hora de decidir multas de pago periódico y su cantidad total, el BCE toma en consideración la materialidad de la infracción, la duración de la brecha y los ingresos diarios de la entidad supervisada", explica el BCE.
Los pagos periódicos coercitivos son una de las medidas de ejecución que el BCE puede aplicar de acuerdo con la legislación de la UE. Su principal objetivo es que los bancos cumplan lo antes posible los requerimientos establecidos en las decisiones de supervisión y los reglamentos del BCE.
Si el BCE impone dichos pagos, el banco tiene que abonar una sanción de hasta el 5% de su volumen de negocio medio diario por cada día de incumplimiento de un requerimiento, durante un período máximo de seis meses.
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