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La CNMC aprueba un recorte del 9,6% en la retribución de la distribución de gas natural a partir de 2021

La circular del órgano regulador fue sometida a una primera consulta pública en julio de 2019 y, tras las quejas de las empresas del sector, presentó una propuesta más suavizada  en diciembre.

Planta de gas natural. REUTERS
Planta de gas natural. REUTERS

Servimedia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular 4/2020 por la que se establece la metodología de retribución de la actividad regulada de distribución de gas natural para el periodo 2021-2026, que supondrá un recorte del 9,6%.

Según informa la CNMC, esta circular establece la metodología para determinar la retribución anual de los sujetos que realizan la actividad de distribución de gas natural, que se financian con cargo a los ingresos por los peajes y cánones establecidos por el uso de las instalaciones.

La circular fue sometida a una primera consulta pública el 5 de julio de 2019 y, atendiendo a las alegaciones e informes recibidos, a una segunda consulta pública el 3 de diciembre de 2019. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico emitió informe, sobre ambas en versiones, el 26 de julio de 2019 y el 3 de enero de 2020, respectivamente. Finalmente, el Consejo de Estado se pronunció sobre el borrador de circular el 27 de febrero de 2020.

El 31 de marzo de 2020 el Pleno de la CNMC aprobó la circular, de acuerdo con las orientaciones de política energética del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y de conformidad con lo señalado por Consejo de Estado.

La circular determina que la retribución de una empresa por el uso de sus instalaciones de distribución de gas natural, excluidas las acometidas u otras instalaciones o servicios con precios regulados, será la resultante de la suma de la retribución base, una retribución por desarrollo de mercado y una retribución transitoria de distribución, además del incentivo por liquidación de mermas.

De esta manera, a lo largo del periodo 2021-2026, la retribución transitoria de distribución introduce este ajuste progresivo a la retribución de los puntos de suministro existentes con anterioridad al 31 de diciembre de 2000.

Por otra parte, siguiendo las orientaciones de política energética la retribución por desarrollo de mercado en los municipios de gasificación reciente, como máximo será igual al valor de la facturación de los peajes en dichos municipios.

Adicionalmente, la circular desarrolla incentivos para la conexión de clientes industriales y la promoción del uso de gas natural en el transporte terrestre con el propósito de fomentar su uso frente a otros hidrocarburos más contaminantes.

También se introduce un sistema de información regulatoria de costes necesario para contrastar si las empresas distribuidoras están recibiendo por su actividad de distribución de gas natural una rentabilidad adecuada.

Por último, se solicita igualmente que las distribuidoras faciliten anualmente información sobre las instalaciones de distribución, los planes de desarrollo y de cierre de instalaciones.

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