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Competencia insta a Telefónica a compensar a algunos rivales por el coste del fútbol

La compañía recurrirá la resolución de la CNMC ante la Audiencia Nacional y solicitará su inmediata suspensión cautelar al entender que ésta no refleja los costes asumidos por la operadora

Clientes de un bar viendo un partido de fútbol por televisión.

AGENCIAS

El regulador español de los mercados y la competencia, la CNMC, ha resuelto que Telefónica deberá compensar a Vodafone, Telecable y Total Channel porque les cobró de más por los derechos de distribución mayorista de los canales de fútbol Canal+ Liga y Canal+ Partidazo en la temporada 2015-2016.

La resolución, que llevaba meses estancada por recursos de las distintas partes implicadas, forma parte de la vigilancia del regulador para comprobar que Telefónica cumple los compromisos que le fueron impuestos en la compra de DTS (la antigua Sogecable) al grupo Prisa.

"Telefónica deberá compensar inmediatamente a los operadores a los que hubiese cobrado de más por dicho concepto. Asimismo, la CNMC reconoce el derecho que tiene Telefónica a reclamar el pago de las cantidades adicionales a los operadores a los que hubiese cobrado de menos por ese coste mínimo garantizado", explica.

Un portavoz de Telefónica dijo que la operadora recurrirá la resolución ante la Audiencia Nacional y pedirá la suspensión cautelar de la misma al entender que ésta no refleja los costes asumidos por la operadora.

"Dicha resolución viene a recalcular las cantidades debidas a Telefónica por los operadores ..., pero lo hace con una valoración económica errónea y que no se ajusta a la realidad de los costes que la compañía asumió cuando adquirió los derechos de la Liga para la temporada 2015/2016", dijo oficialmente la compañía.

"La CNMC establece que el importe de los costes a repartir entre los operadores es inferior al aplicado en los contratos de licencia de los canales, lo que supone, en la práctica, negar a Telefónica el derecho a recibir un reparto equitativo y proporcionado del coste de adquisición del fútbol", afirma Telefónica.

La CNMC no difundió los importes que deberá abonar Telefónica, que a su vez recibirá fondos de Orange y de Open Cable, de los que recibió un pago menor del que debería.

Condiciones para la compra de Sogecable

Competencia recuerda que el 22 de abril de 2015 autorizó la operación de concentración de Telefónica y DTS, pero condicionada a que la operadora cumpliera determinados compromisos relativos al mercado de la televisión de pago, la comercialización mayorista de contenidos y de canales, y al acceso a su red de Internet.

En el caso de los canales de pago, Telefónica debe contar con una oferta mayorista para que sus competidores puedan acceder a sus canales de televisión de pago con contenidos premium (películas de estreno, competiciones deportivas nacionales e internacionales, etc.), y comercializarlos mediante sus propias plataformas de televisión de pago.

Para calcular el precio de esa oferta (mayorista), Telefónica tiene en cuenta varios elementos, entre ellos el "coste mínimo garantizado", un coste fijo que deben pagar todos los operadores y con el que se cubre el riesgo que asume Telefónica al adquirir derechos de emisión exclusiva en España de Fútbol, Fórmula 1 o Moto GP, además de otros costes de producción de los eventos deportivos[.

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