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Qué hacer si me equivoco en la declaración de la renta

La web de la Agencia Tributaria dispone de un mecanismo para modificar el documento aunque ya esté presentado.

Varias personas esperan en una oficina de la Agencia Tributaria.
Varias personas esperan en una oficina de la Agencia Tributaria. Marta Fernández / Europa Press

La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio actual comenzó el pasado 11 de abril y estará disponible hasta el próximo 30 de junio.

Sin embargo, si el documento ya estuviera presentado, la web de la Agencia Tributaria contiene un mecanismo con el que poder modificar la declaración.

El ministerio de Hacienda y Función Pública sostiene que es probable que al "presentar la declaración de Renta del ejercicio actual o de uno anterior no prescrito, adviertas errores u omisiones que hagan necesario modificar la declaración presentada".

Dos posibles casos

La cartera de la que es titular María Jesús Montero establece dos escenarios, en el proceso de modificación es muy similar en ambos casos.

Si los errores u omisiones causan un perjuicio porque la cantidad a devolver debe ser mayor, o menor la cantidad a ingresar, se puede solicitar la rectificación de la declaración que presentaste.

Por otro lado, si los errores u omisiones causan un perjuicio a la Hacienda Pública porque la cantidad a devolver deber ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, debes presentar una declaración complementaria.

Rectificar la declaración

En el primer caso, se podrá solicitar la rectificación de la autoliquidación accediendo nuevamente al expediente de Renta a través de Renta WEB, marcando la casilla de solicitud de rectificación. En estos casos, se podrán modificar directamente los datos en la declaración presentada en su momento.

Sin embargo, no se podrá solicitar la rectificación si la Administración ya hubiera practicado una liquidación provisional o definitiva por el error u omisión que se va a rectificar, o si ya hubiera transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.

En cuanto al segundo escenario, se debe presentar una declaración complementaria, que también puedes presentar a través de Renta WEB, accediendo a la opción "Modificar declaración presentada" e indicando que se trata de la presentación de una declaración complementaria.

Se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada el importe que se ingresó en la originaria con errores u omisiones, si esta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota que se debe ingresar como consecuencia de la autoliquidación complementaria.

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