Este artículo se publicó hace 3 años.

Ley ridersLas plataformas de reparto de comida a domicilio tendrán tres meses para dar de alta a sus 'riders'

Un repartidor de Glovo circulando - EFE

Madrid-Actualizado a

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Las empresas deberán dar de alta a sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social el primer día del tercer mes desde la entrada

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Los 'riders' se manifestarán en España el 3 de marzo

La CE lanza la consulta para mejorar sus condiciones 

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