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Criminalización de la protesta social Asenjo, otro sindicalista absuelto: "Pude acabar en la cárcel por una falsa acusación"

El juez  considera que el acusado, para quien la Fiscalía pedía dos años de cárcel por los incidentes durante una huelga general en 2012, no agredió a ningún policía, sino que fue el agente quien le golpeó a él. 

Juan Carlos Asenjo, portavoz del campamento de trabajadores de Coca-Cola en Fuenlabrada y miembro del comité de empresa, trabaja en el interior de la cabaña que motaron a las puertas de la antigua embotelladora. -JAIRO VARGAS

Desde este lunes, el nombre de Juan Carlos Asenjo se suma a una larga lista que deja en evidencia tanto al Ministerio Fiscal español como a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Este sindicalista, delegado de CCOO en la antigua embotelladora de Coca-Cola en Fuenlabrada (Madrid), ha sido absuelto de un delito de atentado contra un agente de Policía y de una falta de lesiones que se le imputaban desde hace cinco años. La Fiscalía había solicitado dos años de cárcel para él por su participación en los piquetes informativos de la huelga general del 29 de marzo de 2012.

De hecho, la sentencia del Juzgado de los Penal número 1 de Móstoles no sólo considera que la acusación es falsa, sino que el agredido fue el propio acusado. "No ha quedado acreditado que el acusado agrediera a ningún agente de la Policía Nacional” y señala, dice el fallo, que señala la “notable contradicción” entre la declaración inicial del agente de Policía supuestamente agredido y lo afirmado por éste durante el juicio. Tras visualizar las imágenes de los hechos, la sentencia señala que el acusado no solo no agredió ni acometió a ningún agente de la policía sino que “más bien todo lo contrario, fue agredido por un agente de la Policía Nacional”. Sin embargo, 15 días después de aquella manifestación de 2015, tres policías tocaron a la puerta de su casa para llevarle detenido a comisaría.

"Es muy duro que, por una falsa acusación, puedas acabar en la cárcel", lamenta

En declaraciones a Público, Asenjo se ha mostrado "satisfecho" por el fallo judicial, aunque lamenta "el daño psicológico que ha producido para su la familia que el proceso se haya alargado cinco años". "Es muy duro cargar con el peso de que, por una falsa acusación, puedes acabar en la cárcel", ha afirmado.

Según el sindicalista, conocido por poner cara al conflicto laboral de los trabajadores de Coca-Cola en Madrid, su caso es una muestra más de que "la veracidad de la versión policial no puede ponerse por encima de la de los ciudadanos, menos aún cuando no hay pruebas que lo sustenten". Ahora que la verdad judicial ha probado que la Policía miente, Asenjo cree que "los magistrados que firman mi sentencia absolutoria deberían actuar de oficio" contra el agente, que "al fin y al cabo es un representante del Estado", explica. Por eso asegura que estudia emprender acciones legales por el daño que le ha producido esta falsa acusación durante tanto tiempo.
 
La absolución de Asenjo se suma a la de otros juicios similares, como el de los Ocho de Airbus en Getafe, el de la secretaria general de CCOO, Katiana Vincens; o el de los cinco sindicalistas de Albacete. Unos casos que los sindicatos enmarcan dentro de una "persecución" por parte del Gobierno para debilitar al sindicalismo y acallar la elevada movilización social que se dio en el país durante los años de la crisis y su gestión neoliberal y de recortes sociales y laborales. La Fiscalía llegó a pedir más de cien años de cárcel para decenas de sindicalistas por su participación en huelgas generales o sectoriales. CCOO y UGT cifran en 300 los sindicalistas encausados por delitos o faltas durante estas protestas.  

"Estamos muy satisfechos de haber podido demostrar una vez más que la huelga no es un delito, sino un derecho fundamental", ha explicado Asenjo, quien lamenta que "tanto este Gobierno como el anterior esté encausando a sindicalistas por ejercer su derecho, utilizando como herramientas partidias a la Fiscalía y los agentes de Policía". Recuerda que la mayoría de estos casos está basado en el artículo 315.3 de Código Penal, una norma anterior a la Constitución del 78 que tipifica delitos como las coacciones o delitos contra el derecho de los trabajadores durante las huelgas. "Hay que derogar ese artículo franquista", exige, algo que el Congreso ya aprobó durante la anterior legislatura.

En un comunicado, CCOO de Madrid, celebra la sentencia y confía en que "los jueces sigan rechazando la campaña de acoso de los poderes públicos, y especialmente del Gobierno de Mariano Rajoy, a un derecho fundamental como el derecho de huelga, criminalizando la acción sindical y la función de los piquetes informativos"

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