El Congreso de Argentina aprueba la reforma laboral de Milei que recorta derechos a los trabajadores
La nueva ley contempla cambios en las indemnizaciones, el derecho a huelga o el régimen de vacaciones, entre otros.
El peronismo condena la nueva norma y cientos de manifestantes han salido a protestar a las calles de Buenos Aires.

El Congreso de Argentina aprobó este viernes la reforma laboral del Gobierno del presidente Javier Milei que pone en entredicho las conquistas de los trabajadores y drásticos cambios en sus condiciones de trabajo.
El 11 de febrero la reforma fue aprobada por el Senado y, posteriormente, pasó a la Cámara de Diputados, donde fue aprobada con la eliminación del artículo 44 –establecía la reducción salarial durante las bajas médicas–, lo que hizo que volviera a la Cámara Alta para volver a ser ratificada. La norma finalmente ha sido apoyada con 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones.
La Ley de modernización laboral, que consta de más de 200 artículos, propone la reducción del cálculo de las indemnizaciones en detrimento de los trabajadores; plantea alternativas al pago de las horas extra; permite extender la jornada laboral hasta las doce horas diarias; limita el derecho a huelga y la actividad sindical, entre otras modificaciones del ámbito laboral. La nueva ley modifica así la normativa vigente de 1976, que deberá ser promulgada por el Ejecutivo para entrar en vigor.
Cambios en las indemnizaciones por despido
La nueva ley modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido y excluye del cómputo el aguinaldo, las vacaciones, los premios y otros conceptos que no sean de pago mensual habitual, lo que reduce el monto final respecto del sistema vigente.
Las empresas podrían abonar las condenas judiciales en cuotas: hasta seis pagos las grandes empresas y doce las pymes.
Se creará, además, el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que permitirá a los empleadores realizar aportes mensuales destinados a cubrir eventuales despidos. Este fondo estará administrado por entidades financieras que recogerán los aportes de las patronales que antes las recogía Agencia Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Nueva modalidad de remuneración y de antigüedad
La nueva norma permite que los salarios puedan ser pagados con monedas extranjeras de forma opcional. Asimismo, las prestaciones complementarias, pueden ser abonadas en especie, también son parte de la remuneración del empleado.
Para la legislación anterior, la antigüedad del trabajador era un factor clave a la hora de reincorporarse a un puesto, a diferencia de la legislación aprobada, que no computa la antigüedad si han transcurrido dos años entre el cese de la actividad y la reanudación de la actividad.
Vacaciones y horas extra
A partir de ahora, las vacaciones podrán ser fraccionadas en periodos no inferiores a siete días, con la posibilidad de ser rotativas. Además, el trabajador tendrá al menos un período en temporada estival, en coincidencia con las vacaciones escolares, cada tres años.
La Ley de modificación laboral establece la creación de un banco de horas que sustituye el pago de estas, por el pago en días de libranza o reducción de jornada según el saldo de horas de más trabajadas.
Derecho a la huelga
Las modificaciones del derecho a la huelga han sido uno de los 218 puntos más controvertidos. Se amplían los sectores considerados como esenciales, los cuales deberán prestar, como mínimo, un 75% del servicio en caso de huelga. Así, se incluyen los sectores de telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios, aduaneros y migratorios, y educación –con excepción de las universidades– a los servicios de salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo.
Asimismo, deberán garantizar el 50% de servicio mínimo los calificados de “importancia trascendental”. Este marco incluye a los trabajadores de transporte de pasajeros y cargas, industria farmacéutica, bancos, agro, minería, siderurgia, construcción, medios de comunicación, comercio electrónico y hotelería.
Actividad sindical y convenios colectivos
Se tipifica que las asambleas de trabajadores y congresos de delegados no podrán afectar el normal funcionamiento de la empresa –deberán contar con autorización de esta–. Así, se califica como infracción “muy grave” las acciones que afecten a la libertad del trabajo de quienes no se adhieran a una medida de fuerza, los bloqueos o tomas de establecimiento. Finalmente, la personería gremial –exclusividad del sindicato mayoritario a la hora de negociar– se podrá obtener cuando el sindicato de la empresa supere en afiliados al sindicato preexistente durante al menos seis meses.
Se deroga el principio de que un convenio colectivo sigue vigente tras su vencimiento hasta la firma de uno nuevo. Por tanto, bajo este nuevo marco, los convenios no tendrán vigencia al expirar el plazo, salvo en lo relativo a condiciones de trabajo. Dispone que los convenios de ámbito menor, como los de empresa, prevalecerán sobre los de mayor alcance, es decir, los sectoriales.
La ley contempla la derogación de cuatro de los estatutos especiales en el plazo de 180 días desde la aprobación de la norma. Afectará así al estatuto del viajante de comercio, peluquero, chófer particular y operador de radio y telegrafía. El estatuto del periodista profesional se derogará a partir del 1° de enero de 2027.
La reacción del presidente Milei ha sido calificar de "histórica” la norma ya que, según ha celebrado en sus redes sociales, "tenemos modernización laboral". Desde el partido La Libertad Avanza –LLA, oficialista–, aseguran que “continúan los derechos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo”, según defiende su senador Juan Cruz Godoy. Destacando positivamente que se mantengan las indemnizaciones; el registro formal de los empleados; y la agilización del sistema volviéndose más económico.
No obstante, desde la oposición peronista rechazan la norma “porque afecta [a los] derechos de los trabajadores, viola artículo 14 bis de la Constitución Nacional y va a impactar negativamente en el empleo”, ha sostenido el senador justicialista Jorge Capitanich.
Además, cientos de manifestantes salieron a las calles de la capital para mostrar su repulsa a la nueva legislación. Esta jornada se saldó con la detención de cuatro de ellos y 122 heridos, según el organismo de derechos humanos Comisión por la Memoria
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