¿Se puede juzgar a Julio Iglesias en España por unos delitos cometidos en el extranjero? Las claves de la denuncia que ya investiga la Fiscalía
La apertura de diligencias "preprocesales" es el primer paso en el marco de una investigación que puede desembocar en un proceso judicializado, pero que presenta varias aristas.

Madrid--Actualizado a
La Fiscalía de la Audiencia Nacional tiene abiertas "diligencias de investigación penal preprocesales" a raíz de una denuncia contra Julio Iglesias por parte de dos mujeres, que piden que el cantante sea investigado por trata, varios delitos sexuales, lesiones y contra los derechos de los trabajadores. Este es el primer paso del Ministerio Público en el marco de una investigación que puede desembocar en un proceso judicializado, pero que presenta varias aristas.
La primera de ellas, tal como reconocen desde el Ministerio Público, es si este organismo tiene las competencias para investigar unos hechos ocurridos fuera del Estado español. A tenor del testimonio de las dos empleadas, que forma parte de una investigación de elDiario.es y Univisión, las situaciones denunciadas (abarcan agresiones sexuales como penetraciones sin consentimiento, bofetadas, vejaciones y humillaciones laborales sistemáticas a ellas y a otras empleadas) habrían ocurrido en las mansiones de Julio Iglesias en República Dominicana y Bahamas.
Desde Women's Link, la organización que da soporte legal a las presuntas víctimas, no tienen dudas de que el caso es "competencia" de la Justicia española. En este sentido, Gema Fernández, abogada y directora legal para Europa de la organización, defendió esta vía por ser la que "más se ajustaba" a la definición de justicia de las denunciantes.
"La legislación española en materia de las violencias sexuales, de género y de trata puede ser una opción interesante para dar acceso a la justicia de estas mujeres, sin perjuicio de que se consideren otras posibilidades", apuntó en la rueda de prensa ofrecida este miércoles para dar detalles sobre la denuncia.
Entre otras razones, Virginia Álvarez, responsable de Amnistía Internacional España (organización que también apoya a las denunciantes), invocó el principio de extraterritorialidad, una figura jurídica que permite investigar conductas delictivas fuera de las fronteras españolas cometidas por un nacional.
En el caso del delito de trata de seres humanos, esta figura está condicionada en España a que la víctima sea española o resida en el país. Si bien, la abogada Gema Fernández subrayó que "hay cuestiones jurídicas que se entrelazan". Así, además de este principio, subrayó la cualidad de "conexidad" derivada de la nacionalidad española del presunto autor de los hechos. "Hay normas que podrían entrecruzarse para justificar la jurisdicción de la Justicia española para estudiar este caso", verbalizó la jurista.
Artículo 23.2 de la ley del Poder Judicial, clave
Cabe señalar que, entre las competencias que la Audiencia Nacional tiene asignadas, se encuentra la investigación de los delitos cometidos por españoles en el extranjero. En este contexto, el precepto a tener en cuenta, según coinciden varias fuentes jurídicas consultadas por este medio, es el 23.2 de la ley del Poder Judicial.
"También conocerá la jurisdicción española de los delitos que hayan sido cometidos fuera del territorio nacional, siempre que los criminalmente responsables fueren españoles o extranjeros que hubieran adquirido la nacionalidad española con posterioridad a la comisión del hecho y concurrieren los siguientes requisitos", reza el artículo.
Estas condiciones hablan de que "el hecho sea punible en el lugar de ejecución, salvo que, en virtud de un Tratado internacional o de un acto normativo de una Organización internacional de la que España sea parte, no resulte necesario dicho requisito, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes".
También, que el agraviado o el Ministerio Fiscal interpongan querella ante los tribunales españoles. Por último, que el delincuente "no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero, o, en este último caso, no haya cumplido la condena. Si sólo la hubiere cumplido en parte, se le tendrá en cuenta para rebajarle proporcionalmente la que le corresponda".
En el marco de este análisis que hace el Ministerio Fiscal, existen otros casos similares que han sido juzgados por este organismo. Destaca, por ejemplo, la condena a nueve años de cárcel a un guía turístico sevillano por agredir sexualmente a tres estudiantes americanas durante viajes a Marruecos y Portugal.
La Fiscalía tiene seis meses, prorrogables a otros seis, para llegar a sus conclusiones y decidir si formula o no acusación. En caso de que sí, se judicializaría este caso, así como la instancia sobre la que recaiga el asunto. Si se archivan las diligencias, según deslizan desde la organización feminista, las denunciantes podrían considerar querellarse ellas mismas como acusación particular, esto es, interponer una querella penal ante un juzgado.
Por lo pronto, sin perjuicio de lo que se decida sobre la competencia para investigar estos supuestos delitos cometidos fuera de España, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha acordado tomar declaración como testigos protegidas a las dos mujeres que denunciaron a Julio Iglesias.
Esta decisión, sobre la que la Fiscalía rechaza dar detalles al mantenerse en secreto las diligencias, supone "un paso muy importante en la búsqueda de la justicia" de ambas mujeres, además de traducirse en que "las autoridades están respondiendo de forma ágil", según resumió Jovana Ríos Cisneros, directora ejecutiva de la organización feminista que les asesora.

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