Opinión
Las derechas llaman a desobedecer la ley en la crisis de Ceuta

Por Ramón Soriano
Catedrático emérito de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Los lamentables hechos sucedidos en la Ciudad Autónoma de Ceuta el 30 de julio de 2026 han ayudado a desenmascarar, por enésima vez, de qué lado están las derechas de nuestro país en circunstancias adversas: si del lado del derecho y su cumplimiento -el derecho que nos hemos dado por medio de nuestros representantes electos- o de su sistemática vulneración.
Provocación o inducción al delito
Líderes del PP y Vox han exigido la devolución de los menores inmigrantes de Ceuta -invasores según Vox- a Marruecos. Feijóo: "Ni mayores ni menores. Han de regresar todos". Vivas: "Los menores con sus padres. Dejarse de leyes". Abascal: "La devolución a Marruecos de todos los menores que entraron en Ceuta. Devolución inmediata de las personas que entraron irregularmente". Tellado: "Le corresponde al Gobierno de la nación poner los medios para que los que han entrado ilegalmente en España sean devueltos de forma inmediata a Marruecos. Y todos". Gamarra: "El retorno inmediato de los menores con sus familias o, en su caso, con los servicios sociales de su país". Observen que la mayoría de las declaraciones incitan a la devolución inmediata de los menores a Marruecos.
No les importa que su actitud y palabras supongan el incumplimiento de normas del poder legislativo y sentencias del poder judicial. No uno sino varios requisitos de la Ley de Extranjería (Ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España) serían vulnerados, si los responsables públicos incitados a la devolución de los menores hicieran caso a los líderes del PP y Vox. El texto de la ley es muy explícito en los requisitos legales. La devolución exigida requiere: el respeto al superior interés del menor, la audiencia al menor, los informes de servicios de protección de menores y del Ministerio Fiscal, el examen individualizado (contra la devolución en masa) y la integración del menor en su familia o institución protectora. (art. 35. 5). El primer requisito es el más relevante: "el superior interés del menor". Que no es exactamente lo que dicen algunos comentaristas, sino lo que define la ley y, si falta la definición legal, lo que resuelve la jurisprudencia. El superior interés del menor es según la jurisprudencia constitucional "la opción que mejor protege al menor".
Este interés prevalece sobre cualquier otro – la seguridad, la salubridad, la tranquilidad de las calles, etc.- señalados por sectores sociales de Ceuta. No reparo en los "intereses" de las redes sociales, donde predominan los delitos de odio, disfrazados de intereses, de nada menos que setenta mil mensajes según el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia. Producen hilaridad las palabras del presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Vivas, o de Abascal defendiendo que lo que le interesa al menor es volver con sus familias. Unas familias a las que los menores no quieren volver y que incluso no pocas de ellas impulsan a los menores a emigrar, porque en Marruecos lo único que les aguarda es un miserable futuro.
Pero no solo la ley sino la jurisprudencia se opone a la devolución de los menores sin garantías legales. Lo que pretenden los líderes de la derecha ya tuvo una primera fase con éxito en 2021. Entonces la incitación tuvo resultado positivo en las personas de la delegada del Gobierno y la vicepresidenta de Ceuta, que devolvieron en agosto de 2021 a menores sin el cumplimiento de los requisitos legales y como consecuencia la Audiencia provincial de Cádiz en sentencia 96/2025 las condenaron por prevaricación a penas de inhabilitación especial de 9 años y a la pérdida del derecho de sufragio pasivo. Es de presumir que ahora PP y Vox piensen que pueden quizás tener la misma suerte. Por incitar de nuevo que no quede.
Hay un tercer argumento, que toco de pasada, porque mi discurso, como acostumbro, se sitúa en la perspectiva jurídica. Es el argumento ético. Cualquier tratado de ética calificaría la conducta de los líderes citados como de un alto grado de inmoralidad, por razón del sujeto (menores con los agravantes de inmigrantes y no acompañados) y de las circunstancias (la extrema vulnerabilidad de estos menores, especialmente las niñas).
Los líderes del PP y Vox se dan de bruces con los requisitos legales y la sentencia judicial indicados en su pretensión de la devolución de los menores. Claramente exigen e incitan a los responsables públicos a contravenir la ley y expulsar a los menores del territorio nacional. En algunos de ellos la exigencia de expulsión es de inmediato, lo que a todas luces significa la imposibilidad material del cumplimiento de los requisitos y procedimientos legales antes señalados. ¿Puede traducirse esta exigencia en inducción a la comisión de un delito?. El art. 28. A del Código Penal considera autores a los que "inducen directamente a ejecutarlo (un delito)". En el caso el delito sería la prevaricación administrativa. Y la jurisprudencia exige que la inducción se produzca sobre hechos y personas concretas.
Si descartamos la inducción operaría sobre el caso la provocación, más cercana a las declaraciones de los líderes, que consiste en "la incitación pública y directa a cometer un delito" (art. 18 del Código Penal). ¿Darán el paso los líderes de la derecha induciendo o provocando a delinquir a responsables políticos y/o funcionarios determinados ? Está por ver.
Todos/as tenemos la obligación de poner en conocimiento de la Fiscalía la comisión de un delito. Con mayor razón los responsables públicos. Pero que los máximos líderes de la cúpula de dos partidos políticos -todos a una- hagan declaraciones públicas contra el cumplimiento de la ley es traspasar otra línea roja inconcebible antes de la moción de censura de Rajoy en 2016.
Desobediencia a la autoridad
Los vicepresidentes del Gobierno autonómico de Castilla y León, Extremadura y Aragón, los tres pertenecientes a Vox, han enviado una carta a la ministra de Juventud e Infancia, que comienza así: "Esta Comunidad Autónoma no puede aceptar el traslado de menores extranjeros no acompañados procedentes de la Ciudad Autónoma de Ceuta" y concluye afirmando que "impugnarán todos los expedientes individuales que no concluyan con el retorno a Marruecos".
Sin embargo, el Real Decreto 658/2025 expresa con absoluta claridad que "La Comunidad Autónoma de destino deberá recibir a la persona menor de edad en la fecha, hora y lugar notificados". (art. 13.4). Y no solo eso, sino que además los ejecutores del reparto pueden solicitar ayuda a "las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” para que garanticen la eficacia del reparto y “poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos".
Por otro lado, el Código Penal castiga a "la autoridad o funcionario público que se niegue abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior". (art. 410) La jurisprudencia, a su vez, exige para la comisión del delito que la desobediencia tenga lugar contra una orden de una autoridad determinada en el marco de procedimientos legales. En estos momentos los vicepresidentes no se han opuesto fácticamente al reparto que corresponde a su Comunidad, porque aún no se ha efectuado. ¿Lo harán, llegado el momento? Está por ver.
Concluyendo, en ambos casos el resultado es el mismo: traspasar la línea roja del cumplimiento de la ley, que surge de nuestros representantes electos en el Parlamento, representantes votados por la ciudadanía para que cumplan su principal función, la función legislativa. Ley que obliga, del rey abajo, a todos/as sin excepción. Por ello, la desobediencia a la ley, promovida por los máximos líderes de las derechas, comporta la vulneración de la voluntad de la ciudadanía expresa en el voto de las elecciones periódicas. Es una bofetada en pleno voto a los ciudadanos/as. ¿Qué otras líneas rojas les queda por traspasar a las derechas de nuestro país?


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