Opinión

Desde Europa: apruebo

Partidarios de la nueva Constitución chilena, en el mitin de cierre de la campaña del referendun en la ciudad de Valparaiso. REUTERS/Rodrigo Garrido
Partidarios de la nueva Constitución chilena, en el mitin de cierre de la campaña del referendun en la ciudad de Valparaiso. REUTERS/Rodrigo Garrido

Publicidad
1.- Las relaciones internacionales de Chile, como expresión de su soberanía, se fundan en el respeto al derecho internacional y a los principios de autodeterminación de los pueblos, no intervención en asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, multilateralismo, solidaridad, cooperación, autonomía política e igualdad jurídica entre los Estados.
Publicidad
1.- Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria.
Publicidad
1.- El Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad. Constituyen una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y deben ser considerados en la
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Ninguna persona será sometida a desaparición forzada. Toda víctima tiene derecho a ser buscada y el Estado dispondrá de todos los medios necesarios para ello.
Publicidad

Comentarios de nuestros socias/os