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20 condenados por un caso de corrupción policial en macroburdeles de Castelldefels

AGENCIAS

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a los 20 procesados por una trama de corrupción policial creada en torno a dos burdeles de Castelldefels (Barcelona), Riviera y Saratoga.

El tribunal ha condenado con penas de hasta seis años de prisión a un comisario, que era el jefe de la unidad contra la inmigración ilegal por un delito continuado de cohecho, así como a dos inspectores jefe de la Policía Nacional por integrar una trama corrupta que protegía a los burdeles y avisaba a sus dueños antes de las redadas.

Las mayores penas, de hasta diez años y medio de prisión, han sido impuestas a los propietarios de los clubes de alterne Saratoga y Riviera. La Audiencia también ha condenado a tres abogados por extorsionar a dueños de prostíbulos.

En su sentencia, de 700 páginas, la sección novena de la Audiencia ha condenado a la veintena de procesados por la trama de corrupción policial, entre ellos a los seis mandos y agentes de la Policía Nacional acusados de proteger a los prostíbulos a cambio de dinero y regalos, y ha ordenado el cierre definitivo de ambos clubes de alterne de Castelldefels, que fueron los mayores del área de Barcelona.

Concretamente, la sala ha condenado al ex comisario jefe de Extranjería de la Policía Nacional Luis Gómez a seis años de prisión y a tres al ex inspector jefe de esa área Abundio Navas por un delito continuado de cohecho, omisión de perseguir delitos y falsificación en documento oficial. El ex inspector jefe José Javier Martín ha sido condenado a cinco años y medio de cárcel, y a otros cinco el exinspector Andrés Otero, mientras que al subinspector Ignacio Landa se le ha impuesto un año y medio y al agente Manuel Melendo una pena de multa.

El tribunal cree probado que los policías, todos ellos inhabilitados para ejercer su trabajo, recibieron dinero y regalos de los dueños de los macroburdeles, a cambio de avisarles de las inspecciones que iban a llevarse a cabo en sus locales, en una trama corrupta que se prolongó entre los años 2002 y 2008, informa Efe.

Por eso, la sala ha condenado a diez años y medio de cárcel al dueño del club Saratoga Raúl Salcedo, a siete con once meses al propietario y socio del mismo club José Carlos Hazas, y a ocho años con once meses de prisión al propietario del club Riviera Antonio Herrero, así como a penas algo inferiores a los encargados de dichos locales.

La sala también condena a los abogados Fernando Martínez (seis años y medio de cárcel), Carlos Carretero (dos y medio) y Alex Garberí (un año y medio) por asociarse con el inspector jefe José Javier Martín para extorsionar a clubes de alterne de Barcelona, a los que cobraban grandes cantidades por asistirlos tras las redadas.

Asimismo, al ingeniero Joaquín Quílez -también imputado en la investigación por presunta extorsión a apartamentos turísticos de Barcelona- se le ha impuesto una pena de cuatro años y un mes de cárcel por avisar de inspecciones administrativas a varios burdeles en colaboración con el funcionario municipal Manuel Martínez, penado con tres años y medio de prisión.

La sala ha llegado al convencimiento de que los dueños de Riviera y Saratoga eran avisados por la policías de las redadas porque, a su parecer, 'es evidente que hubo inspecciones en las que no se identifica prácticamente a ninguna mujer en situación irregular o a muy pocas', comparado con otras redadas 'sorpresivas o posteriores'.

La Audiencia cree que los dueños de los locales de alterne desplegaron una 'estrategia' dirigida a ganarse los favores de los policías responsables de las inspecciones, 'mediante pagos directos, regalos y otros beneficios, aparte de ofrecerles el acceso al club y sus servicios de bar y habitaciones gratuitos'.

La sentencia condena a los dueños de los macroburdeles por favorecimiento a la prostitución, al entender que se lucraban de la 'explotación' de las mujeres de alterne, 'aprovechándose de sus dificultades y en condiciones de subordinación', por mucho que ellas dijeran practicar esa actividad voluntariamente. Asi, el tribunal destaca los controles de que eran objeto las prostitutas del Riviera y el Saratoga, quienes eran víctimas de explotación sexual por su 'origen, procedencia y precaria situación, desconocimiento del idioma y escasos contactos en el país'.

La Audiencia de Barcelona considera que el 'régimen de acuartelamiento y subordinación' en que ejercían las prostitutas del Riviera y del Saratoga convierte esos negocios en una 'industria del sexo', donde las mujeres eran tratadas como 'carne de abastecimiento'.

En el Riviera ejercían como media 150 mujeres, lo que le reportaba a los dueños del club 27.000 euros de beneficio diarios y 16,2 millones anuales, y en el Saratoga lo hacían de 40 a 60, con lo que el club ganaba al día 15.720 euros y 5,6 millones al año.

Para el tribunal, las mujeres vivían en un 'régimen de acuartelamiento y subordinación', con un estricto control de sus horarios, sus movimientos y su salud sexual y reproductiva, con análisis médicos que se les practicaban en los propios clubes, y el local se lucraba con un porcentaje de lo obtenido con sus servicios sexuales.

La Audiencia cree que el régimen de explotación de las mujeres de Riviera y Saratoga deriva de su situación de vulnerabilidad, dado que procedían de países deprimidos económicamente, en ocasiones eran irregulares -'no ilegales como se les viene llamando, pues no consideramos ilegal a ningún ser humano', añade la sentencia, sin trabajo ni domicilio y con desconocimiento del idioma.

Todas esas circunstancias, 'añadido a las condiciones en las que desarrollaban su vida cotidiana en la que ejercían la prostitución' suponen, para la sala, 'la expresión más clara de la negación de la libertad sexual, esto es que cada persona decida por sí misma con quién, de qué forma y en qué condiciones permite y quiere donarse con otra persona para enriquecer su propia personalidad'.

'El funcionamiento de estos macroprostíbulos se ha convertido en el modelo más sofisticado de explotación sexual ajena', añade el tribunal, que arremete contra los que intentan 'dulcificar' esa situación como una actividad económica más.

'Todo ello se disfraza de actividad económica para la mujer, hasta tal punto de que lo que inicialmente se consideró servicio sexual se llama ahora actividad sexual (...), filtrando en el imaginario colectivo la idea de que se trata de una actividad cualquiera, e inocua, cuando en realidad están comprometidos derechos fundamentales como la dignidad, la intimidad o el derecho a la salud', proclama el tribunal.

Según la Audiencia, en el modelo de macroprostíbulos 'se trata en definitiva de hacer rendir al máximo' a las mujeres, 'lo que se consigue seleccionándolas, por su aspecto, juventud y nacionalidad, teniéndolas por tiempo limitado para evitarse problemas de convivencia entre ellas y ofrecer chicas nuevas a los clientes'.

'Cuando hablamos de prostitución no estamos tratando de temas comerciales, estamos tratando de un tema que afecta a los derechos humanos, a la dignidad, a la integridad moral y a la intimidad', añade la sala, que alerta de que los porcentajes de mujeres irregulares encontradas en esos locales 'están indicando que fácilmente España puede convertirse en el burdel de Europa (...)'.

En esos clubes, sostiene la sala, las mujeres 'son ofrecidas como mercancía que se vende desde el propio prostíbulo, en que los dueños de los locales son los que obtienen el beneficio, 'cosificándolas'. 'Nos parece hipócrita e insincero ignorar la procedencia de las mujeres de países pobres, arriesgando su expulsión para a continuación decir que eso no es una condición de vulnerabilidad, que son moralinas y que la pobreza se cura por sus caminos', sostiene la sala.


https://www.quoners.es/debate/estas-a-favor-o-en-contra-de-la-legalizacion-de-la-prostitucion

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